MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria e Inversiones Jauregui Limitada

RUT 78642360-0 CVE 2285865
Fecha instrumento
2 de febrero de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de febrero de 2023
Repertorio
1295/2023
Notario
JORGE LOBOS DIAZ
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE LOBOS DIAZ, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, con oficio en Carmencita 20, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 02 de febrero de 2023, Repertorio N°1.295/2023, ante Titular, se suscribió escritura pública de modificación de la sociedad INMOBILIARIA e INVERSIONES JAUREGUI LIMITADA, don JULIAN MAURICIO JAUREGUI RIVAS, C.I. 7.686.855-7, domicilio en Avenida Nueva Providencia número mil ochocientos ochenta y uno, oficina dos mil ciento doce, comuna de Providencia, don JAVIER ANDRÉS JAUREGUI RIVAS, C.I. 7.686.856-5, con domicilio en Raúl Labbe número doce mil seiscientos trece oficina cuatrocientos treinta y cuatro, comuna de Lo Barnechea, y doña MARIA ANTONIETA RIVAS ORELLANA, C.I. 4.652.131-5, con domicilio en calle Agustinas mil cuatrocientos cuarenta y dos, torre B, oficina ochocientos siete, comuna de Santiago, únicos y actuales socios de la sociedad INMOBILIARIA e INVERSIONES JAUREGUI LIMITADA cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 300, N° 276, año 1995, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso. Modificada por escritura pública de fecha 23 de mayo de 2023, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 437 N° 372, del año 2003, del Registro de Comercio del Conservados de Bienes Raíces de Valparaíso, en el siguiente sentido: don Javier Andrés Jauregui Rivas, vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos que equivalen al cinco por ciento de los derechos sociales a don Julián Pascual Jauregui Leguas. Como consecuencia de esta modificación, quedaron como únicos y socios don Julián Mauricio Jauregui Rivas con el cinco por ciento de los derechos sociales y don Julián Pascual Jauregui Leguas, con el noventa y cinco por ciento de los derechos sociales, este último causante, representado por sus herederos, don Julián Mauricio Jauregui Rivas y don Javier Andrés Jauregui Rivas, en su calidad de hijos, sin perjuicio de los derechos que le asisten a doña María Antonieta Rivas Orellana en su calidad de cónyuge sobreviviente, Como consecuencia del socio fallecido, se ha disuelto la sociedad conyugal habida entre el causante don Julián Pascual Jauregui Leguas y doña María Antonieta Rivas Orellana, por lo tanto ésta última es dueña de los gananciales obtenidos en virtud de la sociedad conyugal. Como resultado de lo anterior la sociedad queda modificada, en cuanto a la participación de los actuales socios en los derechos sociales de la siguiente forma: a) socia doña María Antonieta Rivas Orellana, dueña del setenta y uno coma veinticinco por ciento de los derechos sociales); b) socio don Julián Mauricio Jauregui Rivas, dueño del dieciséis coma ochocientos setenta y cinco por ciento de los derechos sociales, y c) don Javier Andrés Jauregui Rivas, dueño del once coma ochocientos setenta y cinco de los derechos sociales. Actuales socios vienen en modificar la cláusula Octava del primitivo pacto social en relación con la administración, la representación y el uso de la razón social, quedando la administración radicada en los tres socios, quienes podrán actuar de manera conjunta o separada indistintamente, anteponiendo su firma en la razón social, excepto para ejercer la facultades establecidas en los siguientes número de la citada clausula octava: dos), tres), cuatro), cinco), seis), siete), once), veintidós), veintitrés), veinticuatro), veinticinco), cuarenta y cuatro), cuarenta y seis), cincuenta y uno), cincuenta y tres) y sesenta y siete), quienes deberán actuar conjuntamente los tres socios.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 28 de Febrero de 2023.- JORGE LOBOS DIAZ.- Notario Suplente.-