MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MINERA JIMENEZ & GARRIDO LIMITADA

RUT 76905163-5 CVE 2284920
Capital
$7.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de julio de 2018
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
6 de julio de 2018
Notario
MARCELO EDUARDO TEJOS ALARCÓN
Oficio
Interino de la Primera Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$7.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
VICTORIA DEL CARMEN GARRIDO CARRILLO socio 15200356-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELO EDUARDO TEJOS ALARCÓN, Notario Público, Suplente del Interino de la Primera Notaría de Rancagua, ALVARO DANIEL CARVALLO CASTILLO, con Oficio en San Martín 427, Rancagua, certifico: Que por escritura hoy ante mí: Don JAIME IVAN OLIVARES ARANCIBIA, chileno, empresario minero, casado, RUT N° 11.739.206-6, domiciliado en calle La Chica n° 330, lote A-1, chancón, Comuna de Rancagua, en adelante indistintamente como “el cedente”; don MICHAEL ANDRÉS JIMÉNEZ OBREQUE, chileno, soltero, empresario minero, RUT N° 13.134.524-0, con domicilio para estos efectos en calle Las Pataguas n°30, condominio Los Nogales, comuna de Machalí, y doña VICTORIA DEL CARMEN GARRIDO CARRILLO, chilena, ingeniera comercial, soltera, RUT N° 15.200.356-0, domiciliada en calle Las Pataguas n°30, condominio Los Nogales, comuna de Machalí en adelante indistintamente como “el cesionario”; Todos los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas citadas, y exponen que han convenido en el siguiente contrato de cesión y modificación de la sociedad comercial de responsabilidad limitada, en los siguientes términos; PRIMERO.- Con fecha 6 de julio de 2018, ante la Notaría de Rancagua de don Eduardo de Rodt Espinosa, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD MINERA JIMENEZ & OLIVARES LIMITADA” o “MINERA J&O LTDA”, Rut 76.905.163-5, con un capital inicial de $7.000.000, la que se encuentra inscrita a fojas 635, vuelta n° 452 del año 2018, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Santiago, y publicado su extracto en la edición de 25 de julio de 2018, en el ejemplar número 42.115 del del Diario Oficial. SEGUNDO.- Por el presente instrumento el cedente cede lo siguiente: a) don JAIME IVAN OLIVARES ARANCIBIA cede y transfiere el 100% de los derechos que le corresponden o puedan a futuro corresponderle (equivalentes al 50% de los derechos sociales),sobre la Sociedad MINERA JIMENEZ & OLIVARES LIMITADA a doña VICTORIA DEL CARMEN GARRIDO CARRILLO, de manera que ésta última, pasa a ser socio de la sociedad, con el 50% de los derechos sociales, que equivalen al 100% de los derechos de que el cedente era dueño. El precio de esta cesión es la suma de $3.500.000, pagaderos al contado, en dinero efectivo, que el cesionario entrega en este acto al cedente, quien declara recibirlos a su entera satisfacción; TERCERO.- En consecuencia, serán, desde este momento únicos socios de la “SOCIEDAD MINERA JIMENEZ & OLIVARES LIMITADA”, don MICHAEL ANDRÉS JIMÉNEZ OBREQUE con un cincuenta por ciento de los derechos sociales y doña VICTORIA DEL CARMEN GARRIDO CARRILLO con un 50% de los derechos sociales. CUARTO.- Por este instrumento, don JAIME IVAN OLIVARES ARANCIBIA, otorga desde ya el más amplio y completo finiquito a la “SOCIEDAD MINERA JIMENEZ & OLIVARES LIMITADA” y a sus socios don MICHAEL ANDRÉS JIMÉNEZ OBREQUE y doña VICTORIA DEL CARMEN GARRIDO CARRILLO, quienes declaran que nada le adeudan por concepto alguno; Por su parte el anterior socio don MICHAEL ANDRÉS JIMÉNEZ OBREQUE se compromete en este acto a hacerse responsable de cualquier posible deuda, de cualquier clase que tuviera la compañía, con anterioridad a la celebración de éste contrato. QUINTO.- Por este acto los socios de la sociedad don MICHAEL ANDRÉS JIMÉNEZ OBREQUE y doña VICTORIA DEL CARMEN GARRIDO CARRILLO modifican la cláusula SEGUNDA del pacto social, sustituyendo la misma íntegramente por la siguiente que la reemplaza; “SEGUNDO; La razón social de la sociedad será “SOCIEDAD MINERA JIMENEZ & GARRIDO LIMITADA”. Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, entidades financieras, el Servicio de Impuestos Internos y toda clase de instituciones y organismos públicos, privados o mixtos, con el nombre de fantasía de “MINERA J&G LTDA”. SEXTO.- En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Rancagua 01 febrero de 2023.