MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PROFESIONALES SUAZO Y MARIN LIMITADA

RUT 76029063-7 CVE 2284974
Fecha instrumento
21 de febrero de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de febrero de 2023
Notario
HERNAN CUADRA GAZMURI
Oficio
Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HERNAN CUADRA GAZMURI, Notario Público de la Primera Notaría de Santiago, Huérfanos N° 1.160, oficinas 101 y 102, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 21/02/2023, ante mi Suplente don Juan Carlos Alvarez Domínguez, don LIONEL ANDRÉS SUAZO ROJAS, CI. Nº 12.221.936-4, doña VANESSA KARINA MARÍN DÍAZ, CI. Nº 14.555.071-8, ambos con domicilio en Avenida Santa María número siete mil seiscientos cincuenta casa ocho, condominio Los Abedules, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, y doña GUADALUPE DEL ROSARIO DÍAZ CORTÉS, CI. Nº 7.165.122-3, con domicilio en John Kennedy número once, población Bellavista, comuna de Tocopilla, Región de Antofagasta, efectuaron una cesión de derechos y modificación de la sociedad de responsabilidad limitada denominada SOCIEDAD DE PROFESIONALES SUAZO Y MARIN LIMITADA, rol único tributario número 76.029.063-7, cuyo extracto fue inscrito a fojas 36691, número 25268, del Registro de Comercio de Santiago del año 2008, en el siguiente sentido: PRIMERO: Cesión de derechos. La socia doña GUADALUPE DEL ROSARIO DÍAZ CORTÉS, en adelante “la cedente”, es dueña del 20 por ciento del total de los derechos sociales de la sociedad, y por este acto vende cede y transfiere al compareciente don LIONEL ANDRÉS SUAZO ROJAS, en adelante “el cesionario”, el 10 por ciento del total de los derechos sociales de la sociedad (equivalentes a un 50 por ciento de su participación social), quien declara comprar, aceptar y adquirir para sí en la suma de 1.000.000 de pesos, cantidad que es pagada por el cesionario en este acto de contado a la cedente, quien declara recibir dicha suma a su entera satisfacción y conformidad, así también la cedente, doña GUADALUPE DEL ROSARIO DÍAZ CORTÉS, vende cede y transfiere a doña VANESSA KARINA MARÍN DÍAZ, en adelante “la cesionaria”, el restante 10 por ciento del total de los derechos sociales de la sociedad (equivalentes a un 50 por ciento de su participación social), quien declara comprar, aceptar y adquirir para sí en la suma de 1.000.000 de pesos, cantidad que es pagada por la cesionaria en este acto de contado y en dinero efectivo a la cedente, quien declara recibir dicha suma a su entera satisfacción y conformidad. SEGUNDO: Modificación social. En razón de las cesiones efectuadas doña GUADALUPE DEL ROSARIO DÍAZ CORTÉS deja de formar parte de la sociedad, quedando como únicos socios de la sociedad don LIONEL ANDRÉS SUAZO ROJAS, y doña VANESSA KARINA MARÍN DÍAZ, dueños del 50 por ciento cada uno del total del capital social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago a 08 de Marzo de 2023. H.Cuadra G.