MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PRESIDENT IMPORT EXPORT LIMITADA

RUT 76099570-3 CVE 2284472
Fecha instrumento
27 de febrero de 2023
Notaría
Punta Arenas

Instrumento

Fecha
27 de febrero de 2023
Repertorio
575-2023
Notario
PABLO VALENZUELA PEREZ
Oficio
Tercera Notaria de Punta Arenas
Comuna
Punta Arenas

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
PREM KISHANCHAND MAYANI DAYANANI socio 7134185-2
MUKESH DANIEL MAYANI KARNANI socio 15308539-0
PRESIDENT IMPORT EXPORT LIMITADA socio 76099570-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO VALENZUELA PEREZ, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Punta Arenas, con oficio en Lautaro Navarro 1048, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 27-02-2023, Repertorio N° 575-2023, ante mí, don PREM KISHANCHAND MAYANI DAYANANI, chileno, casado, comerciante, RUT 7.134.185- 2 , y don MUKESH DANIEL MAYANI KARNANI, chileno, casado, comerciante, RUT 15.308.539-0 , quienes comparecen en representación, de PRESIDENT IMPORT EXPORT LIMITADA, RUT 76.099.570-3, todos con domicilio en calle José Python 01331, de la ciudad de Punta Arenas, Región de Magallanes ; donde los comparecientes y accionistas, exponen: PRIMERO: Don PREM KISHANCHAND MAYANI DAYANANI, y don MUKESH DANIEL MAYANI KARNANI, actuando en nombre y en representación de “PRESIDENT IMPORT EXPORT LIMITADA” vienen en modificar el pacto social, específicamente la cláusula “QUINTO” de dicho estatuto social, en el siguiente sentido, esto es, que la administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá de manera conjunta o separada e indistintamente a los socios PREM KISHANCHAND MAYANI DAYANANI, y al socio MUKESH DANIEL MAYANI KARNANI, ambos ya individualizados, quienes simplemente y anteponiendo la razón social a sus firmas representarán a la sociedad, y con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, sin que la enumeración sea taxativa, toda gestión necesaria para la completa legalización de la presente modificación social. SEGUNDO: El capital de la sociedad establecido en el estatuto social, se mantiene invariable y sin modificación, por la suma de seis millones de pesos, reproduciéndose íntegramente lo indicado en la cláusula Sexto del pacto social en la forma allí contenida. Demás estipulaciones, escritura extractada. Punta Arenas, 09 de marzo de 2023.- Punta Arenas, 09-03-2023.