INMOBILIARIA QUINTO PISO AGUSTINAS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de febrero de 2023
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 15 de febrero de 2023 ante mí: MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, cédula nacional de identidad número ocho millones doscientos setenta y siete mil setecientos noventa y cinco guion cuatro; don FELIPE IGNACIO SILVA ZALDÍVAR, cédula nacional de identidad número siete millones veintidós mil ciento ochenta y cuatro guion cinco, por sí y en conjunto con doña MARÍA ISABEL DEL PILAR ZALDÍVAR MACKENNA, cédula nacional de identidad número cuatro millones trescientos sesenta y siete mil novecientos cuarenta y siete guion tres, ambos por sí y en representación de la Sucesión indivisa de don Eugenio Silva Bezanilla o Jose Eugenio de la Cruz Silva Bezanilla Rut 3.101.316, integrada por su cónyuge compareciente Maria Isabel del Pilar Zaldívar Mackenna, y por sus hijos María Macarena Rut 7.022.205-1, María Jose Rut 7.022.206-k, Jose Eugenio Teodoro Rut 7.031.734-6, Nicolás Ambrosio Rut 9.495.192-5, Carlos Alberto Rut 9.495.196-8, María del Pilar de las Rosas Rut 16.017.541-9 y Felipe Ignacio, ya individualizado, todos de apellidos Silva Zaldívar; Don Pablo Urquizar Muñoz cédula nacional de identidad número quince millones trescientos cuarenta dos mil ciento cinco guión seis, en representación de los adjudicatarios de los derechos sociales en la participación de la sucesión de don Juan Alberto Muñoz Barahona, esto es,doña María Verónica , Francisco Javier , Isabel Margarita Ernestina , Paulina María, todos de apellido Muñoz Lathrop, cédula nacional de identidad número seis millones novecientos cuarenta y ocho mil novecientos seis guión cero; RAFAEL LIRA SALINAS, cédula nacional de identidad número seis millones novecientos cuarenta y ocho mil novecientos seis guión cero, por sí y en representación de la de la sociedad “R. Lira y Compañía Limitada”, rol único tributario número setenta y ocho millones cientos veinticuatro mil trescientos treinta guión dos; don ALEJANDRO SAMUEL JOSÉ LIRA SALINAS, cédula de identidad seis millones novecientos noventa y dos mil novecientos veintiocho guión uno por sí y en conjunto con don Rafael Lira Salinas, ya individualizado, en representación de la sociedad “Lira y Compañía Limitada”, rol único tributario número setenta y ocho millones dieciocho mil seiscientos guión tres; don JUAN CRISTÓBAL LIRA SALINAS, cédula nacional de identidad número seis millones novecientos noventa y dos mil novecientos cuarenta y nueve guión cuatro; don JOSÉ MIGUEL LIRA SALINAS, cédula nacional de identidad número seis millones trescientos setenta y siete mil setecientos cincuenta y cuatro guión cuatro; don LUIS SEBASTIÁN LIRA SALINAS, cédula nacional de identidad número seis millones trescientos setenta y siete mil setecientos cincuenta y cinco guión dos; don ALEJANDRO CARLOS LIRA SALINAS, cédula nacional de identidad número seis millones trescientos setenta y siete mil setecientos cincuenta y seis guión cero; don GUSTAVO ADOLFO LIRA OVALLE, cédula nacional de identidad número tres millones seiscientos ochenta y un mil trescientos veinticuatro guion cinco; don JOSÉ MANUEL LIRA OVALLE, cédula nacional de identidad número cuatro millones quinientos cuarenta y un mil novecientos sesenta y ocho guion uno; y don SERGIO ILLANES LASO, cédula nacional de identidad número cuatro millones setecientos setenta y tres mil setecientos noventa y dos guion tres, en representación de “Consultorías Legales Diez e Illanes y Compañía Limitada”, rol único tributario número setenta y ocho millones setecientos setenta y siete mil quinientos noventa guion K, y en representación también de “Servicios Legales Illanes y Asociados Limitada”, rol único tributario número setenta y seis millones quinientos ochenta y cinco mil seiscientos treinta y cuatro guion cinco, todos domiciliados en Agustinas mil trescientos cincuenta y siete, piso cinco, Santiago centro, y expusieron: Que vienen en modificar los estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “INMOBILIARIA QUINTO PISO AGUSTINAS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE LIMITADA”, rut Nº 85.779.000-6 cuyo extracto constitución se inscribió a fojas ocho mil trescientos setenta y cuatro número tres mil trescientos ochenta y ocho del Registro de Comercio de Santiago el año mil novecientos sesenta y nueve, y se publicó en el Diario Oficial el día dos de octubre de mil novecientos sesenta y nueve. PRIMERO: De acuerdo con la última modificación de los estatutos de la Sociedad, ingresó como nuevo socio la sociedad “Servicio Legales Illanes y Asociados Limitada”, rol único tributario número setenta y seis millones quinientos ochenta y cinco mil seiscientos treinta y cuatro guión cinco, con once enteros dos mil ochenta y cinco diezmilésimas por ciento de los derechos sociales. Con posterioridad, con fecha dos de septiembre de dos mil diecinueve falleció, bajo el imperio de su testamento, don Samuel Vicente Lira Ovalle. La posesión efectiva de la herencia testada se otorgó a sus descendientes por resolución de fecha veintinueve de enero de dos mil veinte por el señor Juez del Cuarto Juzgado Civil de esta ciudad, a sus hijos legítimos don Alejandro Samuel José Lira Salinas; don Rafael Lira Salinas; don Juan Cristóbal Lira Salinas; don José Miguel Gerardo Lira Salinas; don Luis Sebastián Lira Salinas; don Alejandro Carlos Lira Salinas y a doña María Magdalena Salinas Acuña, esta última en su calidad de cónyuge sobreviviente, inscribiéndose a fojas once mil novecientos cincuenta y seis, número diecisiete mil trescientos catorce del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil veintidós, y el testamento se inscribió a fojas once mil novecientos sesenta, número diecisiete mil trescientos quince del mismo Registro y año del Conservador ya citado. Dentro del inventario de la herencia figuran ocho enteros ocho mil setecientos veinticinco diezmilésimas por ciento de los derechos de Inmobiliaria Quinto Piso Agustinas Mil Trescientos Cincuenta y Siete Limitada. Por escritura pública otorgada en la Notaria de Santiago de doña María del Pilar Gutierrez Rivera, el día veinte de diciembre de dos mil veintiuno, repertorio treinta y dos mil trescientos sesenta y uno se practicó la liquidación de la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de don Samuel Vicente Lira Ovalle, habiéndose adjudicado, cada uno de los comparecientes de apellidos Lira Salinas, un entero cuatro mil setecientos ochenta y siete diezmilésimas por ciento de los derechos que el causante tenía en la sociedad Inmobiliaria Quinto Piso Agustinas Mil Trescientos Cincuenta y Siete Limitada. SEGUNDO. De tal modo, los actuales socios de la sociedad son los que enseguida se nombran quienes, respectivamente, han quedado como titulares con los respectivos porcentajes que a cada uno corresponde en el capital y en el patrimonio social de dicha Sociedad; María Pía Silva Gallinato, ocho enteros doscientos treinta diezmilésimas por ciento; la Sucesión indivisa de don Eugenio Silva Bezanilla, integrada por su cónyuge Maria Isabel del Pilar Zaldivar Mackenna y Maria Isabel, María Macarena, María Jose, Jose Eugenio Teodoro, Nicolás Ambrosio, Carlos Alberto, María del Pilar de las Rosas y Felipe Ignacio, todos de apellidos Silva Zaldívar, en conjunto, con quince enteros mil ochenta y seis diezmilésimas por ciento; cada uno de los señores Alejandro Samuel José; Rafael; Juan Cristóbal; José Miguel Gerardo; Luis Sebastián; Alejandro Carlos, todos los anteriores de apellidos Lira Salinas, un entero cuarenta y siete mil ochocientos setenta y cinco cienmilésimas por ciento de los derechos; Lira y Compañía Limitada, con cinco enteros tres mil seiscientas cuarenta y cuatro diezmilésimas por ciento; Servicios Legales Illanes y Asociados Limitada, con once enteros dos mil ochenta y cinco diezmilésimas por ciento; Consultorías Legales Diez e Illanes y Compañía Limitada, con ocho enteros siete mil doscientas una diezmilésimas por ciento; María Verónica, Francisco Javier, Isabel Margarita Ernestina y Paulina María, todos de apellidos Muñoz Lathrop, adjudicatarios en la partición de la herencia quedada al fallecimiento de don Juan Alberto Muñoz Barahona, en conjunto, con nueve enteros dos mil novecientas sesenta y tres diezmilésimas por ciento; don Gustavo Adolfo Lira Ovalle, con once enteros trescientas doce diezmilésimas por ciento; R. Lira y Compañía Limitada, con nueve enteros dos mil novecientas cincuenta y cuatro diezmilésimas por ciento; don Felipe Silva Zaldívar, con seis enteros siete mil seiscientas diezmilésimas por ciento; y, don José Manuel Lira Ovalle, con seis enteros tres mil doscientas diezmilésimas por ciento. TERCERO : Por el presente instrumento, los socios vienen en modificar la administración y uso de la razón social, modificando el artículo cuarto de los estatutos en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá, a contar de esta fecha, a dos cualquiera de los señores Gustavo Adolfo Lira Ovalle, Sergio Illanes Laso, Rafael Lira Salinas, Felipe Silva Zaldivar y José Manuel Lira Ovalle, quienes dispondrán de las facultades que se indican en dicha cláusula, las que se dan por enteramente reproducidas. Los socios acuerdan mantener vigente el pacto social sin otra modificación que la modificación de la administración y uso de la razón social materia de esta escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Notario Público don Eduardo Diez Morello. Santiago, 7 de marzo de 2023.-