COMERCIALIZADORA, SERVICIOS Y TRANSPORTES M&J LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2023
- Notario
- CESAR HUMBERTO ESPINOZA GUTIERREZ
- Oficio
- Titular de la Cuarta Notaria de Los Ángeles don JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
Sociedad
- Capital
- $40.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley Nº 19.799
Administración
Corresponderá al socio don MARTIN ASTABURUAGA BENAVENTE, quién actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, obligará y representará a la sociedad con amplias facultades, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales a dichos actos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCESAR HUMBERTO ESPINOZA GUTIERREZ, abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Cuarta Notaria de Los Ángeles don JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, con oficio en Caupolicán N°355, Los Ángeles, certifico: por escritura pública de cesión y modificación de sociedad, otorgada ante mí, de fecha 07 de febrero del año 2023, Rep. N°622-2023, don MARTIN ASTABURUAGA BENAVENTE, chileno, soltero, ingeniero comercial, Céd. de Identidad Nº 17.981.764-0; doña FABIOLA DE LAS ROSAS ASENCIO RETAMAL, chilena, soltera, egresada de derecho, Céd. de Identidad Nº 10.983.752-0; y don GONZALO DEL TRÁNSITO ASTABURUAGA PÉREZ, chileno, empresario, divorciado, Céd. de Identidad Nº 8.739.191-4, declararon y acordaron, lo siguiente: PRIMERO: Que, con fecha 22 de abril de 2021, don MARTIN ASTABURUAGA BENAVENTE y doña FABIOLA DE LAS ROSAS ASENCIO RETAMAL, mediante escritura pública de igual fecha, otorgada en esta misma notaría, ante el notario titular don Juan Mauricio Araneda Medina, Rep. Nº 1948-2021, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada denominada “COMERCIALIZADORA, SERVICIOS Y TRANSPORTES M&J LIMITADA”, nombre de fantasía, “TRANSPORTES Y SERVICIOS M&J LTDA.”; extracto firmado electrónicamente de acuerdo con la Ley Nº 19.799, fue publicado en el Diario Oficial de fecha 06 de mayo 2021, edición Nº 42.947 sobre plataforma web de acuerdo a la Ley Nº 20.494 (CVE uno nueve tres ocho ocho siete cuatro); extracto se encuentra inscrito en el Registro de Comercio a fojas 38.339 Nº 17.665, del año 2021, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; capital social asciende a la suma de $40.000.000.- ; Rol Único Tributario de la sociedad es el Nº 77.379.275-5.- SEGUNDO: Que, conforme a escritura pública de fecha 07 de febrero de 2023, ya referida, socia doña FABIOLA DE LAS ROSAS ASENCIO RETAMAL, vende, cede y transfiere a don GONZALO DEL TRÁNSITO ASTABURUAGA PÉREZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 100% de su cuota o participación del haber social y equivalente a un 50% del haber total de la sociedad COMERCIALIZADORA, SERVICIOS Y TRANSPORTES M&J LIMITADA.- TERCERO: El precio de esta cesión es la suma de $20.000.000.- que cesionario paga en el acto a cedente FABIOLA DE LAS ROSAS ASENCIO RETAMAL, en dinero efectivo, declarando esta última haberlo recibido a su entera conformidad y satisfacción, no teniendo reclamo alguno que formular.- CUARTO: En virtud de la cesión o venta efectuada, la sociedad se modifica en el siguiente sentido: A) Doña FABIOLA DE LAS ROSAS ASENCIO RETAMAL deja de pertenecer a la sociedad antes singularizada; B) Ingresa como socio don GONZALO DEL TRÁNSITO ASTABURUAGA PÉREZ, con un 50% de cuota o participación del haber total social, y declara que limita su responsabilidad hasta el monto de su aporte; C) Los nuevos socios, don MARTIN ASTABURUAGA BENAVENTE y don GONZALO DEL TRÁNSITO ASTABURUAGA PÉREZ vienen en modificar cláusula SEGUNDO del estatuto social en el siguiente sentido: SEGUNDO: Del nombre y razón social.- Será “COMERCIALIZADORA, SERVICIOS Y TRANSPORTES SANTA HILDA LIMITADA”. Sin embargo, la sociedad y/o los socios podrá funcionar ante todo organismo o autoridad e incluso ante los Bancos y con capacidad para obligarla, bajo el nombre de fantasía de “SANTA HILDA LTDA.”; D) Los nuevos socios, MARTIN ASTABURUAGA BENAVENTE y GONZALO DEL TRÁNSITO ASTABURUAGA PÉREZ vienen en modificar cláusula QUINTO, del estatuto social, en el siguiente sentido: QUINTO: De la Administración y uso de la razón social: Corresponderá al socio don MARTIN ASTABURUAGA BENAVENTE, quién actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, obligará y representará a la sociedad con amplias facultades, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales a dichos actos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Ángeles, 07 de marzo del año 2023.-