CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Santa Catalina Limitada

CVE 2281903
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de febrero de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de febrero de 2023
Notario
Patricio Raby Benavente
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP
Domicilio
comuna y ciudad de Santiago
Duración
30 años contados desde fecha escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios decida poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento del período original o al de cualquiera de sus prórrogas

Objeto social

la realización de todo tipo de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y de renta, bonos, debentures y todo tipo de títulos de crédito y efectos públicos y valores mobiliarios y, en general, toda clase de documentación negociable y la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especies, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie. Finalmente, la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Patricio Raby Benavente, Notario Público, Titular de la Quinta Notaría de Santiago, con oficio en Gertrudis Echenique N° 30, oficina 32, Las condes, Certifico: Por escritura pública de fecha 1 de febrero de 2023, otorgada ante mi suplente María Virginia Wielandt Covarrubias, Ana María Alexandra Zauschkevich Domeyko, por sí y en representación de Pedro Vicuña Zauschkevich, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Luis Carrera N° 1925, depto. 402, Vitacura, Región Metropolitana y Santiago Ladislao Vicuña Zauschkevich, por sí y en representación de María Catalina del Carmen Vicuña Zauschkevich, ambos domiciliados para estos efectos en Antonio de Pastrana N° 2714, depto. 304, Vitacura, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: Inversiones Santa Catalina Limitada. Domicilio: comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de que podrá abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: la realización de todo tipo de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y de renta, bonos, debentures y todo tipo de títulos de crédito y efectos públicos y valores mobiliarios y, en general, toda clase de documentación negociable y la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especies, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie. Finalmente, la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados. Capital: $6.000.000.- que se aportó y pagó por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: (i) María Catalina del Carmen Vicuña Zauschkevich, aportó $5.880.000, pagados al contado y en dinero efectivo acto escritura extractada, declarando la sociedad recibir dicha cantidad a su entera y total satisfacción y conformidad; (ii) Ana María Alexandra Zauschkevich Domeyko, aportó $60.000, pagados al contado y en dinero efectivo acto escritura extractada, declarando la sociedad recibir dicha cantidad a su entera y total satisfacción y conformidad; (iii) Santiago Ladislao Vicuña Zauschkevich, aportó $30.000, pagados al contado y en dinero efectivo acto escritura extractada, declarando la sociedad recibir dicha cantidad a su entera y total satisfacción y conformidad; y (iv) Pedro Vicuña Zauschkevich, aportó $30.000, pagados al contado y en dinero efectivo acto escritura extractada, declarando la sociedad recibir dicha cantidad a su entera y total satisfacción y conformidad. Por lo tanto, el capital social pertenece en un 98% a María Catalina del Carmen Vicuña Zauschkevich, en un 1% a Ana María Alexandra Zauschkevich Domeyko, en un 0,5% a Santiago Ladislao Vicuña Zauschkevich y en un 0,5% a Pedro Vicuña Zauschkevich. Socios limitaron expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Administración y uso de la razón social corresponderá a Ana María Alexandra Zauschkevich Domeyko, quien anteponiendo a su firma la frase “p.p. Inversiones Santa Catalina Limitada”, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y en caso de ausencia o impedimento de Ana María Alexandra Zauschkevich Domeyko, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, actuará don Santiago Ladislao Vicuña Zauschkevich y don Pedro Vicuña Zauschkevich, quienes actuando conjuntamente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, que se indican en forma enunciativa y no taxativa en escritura extractada. Duración: 30 años contados desde fecha escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios decida poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento del período original o al de cualquiera de sus prórrogas. Otras estipulaciones que no interesan a terceros constan en escritura extractada. Santiago, 2 de marzo de 2023. Patricio Raby Benavente. Notario Público.