MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Compañía Agrícola Fundo La Providencia Limitada

RUT 76903240-1 CVE 2281704
Fecha instrumento
14 de febrero de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de febrero de 2023
Repertorio
1261/2023
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley Nº 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos Nº 578, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 14 de febrero del año 2023, repertorio Nº1.261/2023, otorgada ante mí, don Nicolás Felipe Maldonado Leyton, en representación de CRISTIÁN RAFAEL CARDONE PALACIOS, domiciliado en calle Los Alhelies Norte número diecisiete, Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana, INVERSIONES CARDONE PALACIOS LIMITADA, domiciliada para estos efectos en Lote B, Hijuela cinco, Fundos Santa Elisa y San Pedro, comuna de Pichidegua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, RAFAEL JUAN CARDONE SOLARI, domiciliado en calle Asturias número doscientos ochenta departamento P cinco, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA AMALFI SpA, domiciliada para estos efectos en calle Asturias número doscientos ochenta, departamento P tres, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, ALEJANDRO AUGUSTO CARDONE PALACIOS, domiciliado en Los Radales Parcela veintitrés, Loteo Altos del Llanquihue, comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos y XIMENA MARÍA GEMITA CARDONE PALACIOS, domiciliada en calle Los Cazadores número cuatro mil trescientos veinticinco, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, todos ellos en su calidad de actuales y únicos socios de la sociedad Compañía Agrícola Fundo La Providencia Limitada (en adelante la “Sociedad”); viene a sanear, de conformidad Ley Nº 19.499, los vicios formales que afectan a la escritura pública de fusión y modificación de la Sociedad, por la que absorbió a las sociedades Agrícola Cardone Hermanos I Limitada, Agrícola Cardone Hermanos II Limitada y Agrícola Cardone Hermanos IV Limitada, suscrita en la Notaría de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, ante don Raimundo Wood Espinoza, Notario, con fecha 26 de diciembre del año 2022, repertorio N° 12.903/2022, cuyo extracto fue inscrito a fojas 109.251, número 48.720 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022 y publicado en el Diario Oficial con fecha 31 de diciembre del 2022. La escritura pública de modificación citada se sanea debido a un error involuntario que le afecta tanto a ella, como a su extracto. En el artículo quinto de los estatutos sociales refundidos de la Sociedad de dicha escritura, se señala que el capital es la cantidad de un mil ochocientos setenta y seis millones ochocientos veinticuatro mil quinientos sesenta y siete pesos, enterados y aportados por los socios en las siguientes proporciones: a) Inversiones Cardone Palacios Limitada, la cantidad ascendente a un mil doscientos trece millones seiscientos quince mil trescientos cincuenta y nueve pesos, equivalentes al cincuenta y nueve coma noventa y seis por ciento del capital social; b) Rafael Juan Cardone Solari, la cantidad ascendente a setecientos ochenta y ocho millones ochocientos cuarenta y nueve mil novecientos ochenta y tres pesos, equivalentes al treinta y ocho coma noventa y siete por ciento del capital social; c) Importadora y Comercializadora Amalfi SpA, la cantidad ascendente a veinte millones doscientos veintiséis mil novecientos veintitrés pesos, equivalentes al uno coma cero cero por ciento del capital social; d) Alejandro Augusto Cardone Palacios, la cantidad ascendente a ochocientos cinco mil cuatrocientos noventa y cuatro pesos, equivalentes al cero coma cero cuatro por ciento del capital social; e) Ximena María Gemita Cardone Palacios, la cantidad ascendente a cuatrocientos cuarenta y siete mil treinta y tres pesos, equivalentes al cero coma cero dos por ciento del capital social; y, f) Cristián Rafael Cardone Palacios, la cantidad ascendente a ciento seis mil novecientos ochenta y siete pesos, equivalentes al cero coma cero un por ciento del capital social; en circunstancias que debiese haber dicho: “el capital de la sociedad es la cantidad de un mil ochocientos setenta y seis millones ochocientos veinticuatro mil quinientos sesenta y siete pesos, enterados y aportados por los socios en las siguientes proporciones: a) Inversiones Cardone Palacios Limitada, la cantidad ascendente a un mil ciento veinticinco millones trescientos cuarenta y cuatro mil diez coma treinta y siete pesos, equivalentes al cincuenta y nueve coma noventa y seis por ciento del capital social; b) Rafael Juan Cardone Solari, la cantidad ascendente a setecientos treinta y un millones trescientos noventa y ocho mil quinientos treinta y tres coma setenta y seis pesos, equivalentes al treinta y ocho coma noventa y siete por ciento del capital social; c) Importadora y Comercializadora Amalfi SpA, la cantidad ascendente a dieciocho millones setecientos sesenta y ocho mil doscientos cuarenta y cinco coma sesenta y siete pesos, equivalentes al uno coma cero cero por ciento del capital social; d) Alejandro Augusto Cardone Palacios, la cantidad ascendente a setecientos cincuenta mil setecientos veintinueve coma ochenta y tres pesos, equivalentes al cero coma cero cuatro por ciento del capital social; e) Ximena María Gemita Cardone Palacios, la cantidad ascendente a trescientos setenta y cinco mil trescientos sesenta y cuatro coma noventa y un pesos, equivalentes al cero coma cero dos por ciento del capital social; y, f) Cristián Rafael Cardone Palacios, la cantidad ascendente a ciento ochenta y siete mil seiscientos ochenta y dos coma cuarenta y seis pesos, equivalentes al cero coma cero un por ciento del capital social. Por lo anteriormente mencionado, el artículo quinto de la Sociedad se rectifica por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de un mil ochocientos setenta y seis millones ochocientos veinticuatro mil quinientos sesenta y siete pesos, enterados y aportados por los socios en las siguientes proporciones: a) Inversiones Cardone Palacios Limitada, la cantidad ascendente a un mil ciento veinticinco millones trescientos cuarenta y cuatro mil diez coma treinta y siete pesos, equivalentes al cincuenta y nueve coma noventa y seis por ciento del capital social; b) Rafael Juan Cardone Solari, la cantidad ascendente a setecientos treinta y un millones trescientos noventa y ocho mil quinientos treinta y tres coma setenta y seis pesos, equivalentes al treinta y ocho coma noventa y siete por ciento del capital social; c) Importadora y Comercializadora Amalfi SpA, la cantidad ascendente a dieciocho millones setecientos sesenta y ocho mil doscientos cuarenta y cinco coma sesenta y siete pesos, equivalentes al uno coma cero cero por ciento del capital social; d) Alejandro Augusto Cardone Palacios, la cantidad ascendente a setecientos cincuenta mil setecientos veintinueve coma ochenta y tres pesos, equivalentes al cero coma cero cuatro por ciento del capital social; e) Ximena María Gemita Cardone Palacios, la cantidad ascendente a trescientos setenta y cinco mil trescientos sesenta y cuatro coma noventa y un pesos, equivalentes al cero coma cero dos por ciento del capital social; y, f) Cristián Rafael Cardone Palacios, la cantidad ascendente a ciento ochenta y siete mil seiscientos ochenta y dos coma cuarenta y seis pesos, equivalentes al cero coma cero un por ciento del capital social”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada del presente extracto para su legalización. Santiago, 24 de febrero de 2023.-