PROM INGENIERIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de febrero de 2023
- Repertorio
- 386-2023
- Notario
- Luis Eduardo Solar Bach
- Domicilio
- titulat
Sociedad
- Capital
- $99.547.776 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Eduardo Solar Bach, Notario Público titulat, con oficio en Chillán, calle El Roble N° 551, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 10-02-2023, Repertorio N° 386-2023, ante mí, don Jorge Eliseo Figueroa Moreno, doña Vivian Carolina Valdés Olmos, don Nicolás Ignacio Figueroa Valdés, don FRANCISCO JOSÉ FIGUEROA VALDES, doña Valentina Florencia Figueroa Valdés, doña Catalina Ximena Figueroa Valdés y doña Josefina Antonia Figueroa Valdés, todos con domicilio para estos efectos en Chillán, calle Rosauro Acuña N° 1; modificaron sociedad “PROM INGENIERIA LIMITADA” inscrita a fojas 285 N° 213 en el Registro de Comercio de Chillán del año 1986. El capital estatutario de la sociedad es $99.547.776.- y su RUT el N° 79.615.410-1. Modificaciones consisten: (UNO) CESIONES DE DERECHOS SOCIALES.- (I) Doña Valentina Florencia Figueroa Valdés cede a doña Catalina Ximena Figueroa Valdés, quien adquiere para sí, el 2,5 % del capital, derechos y haberes de la sociedad “PROM INGENIERIA LIMITADA”, en $2.488.694.- pagados al contado. (II) Doña Valentina Florencia Figueroa Valdés, cede a don Francisco José Figueroa Valdés, quien adquiere para sí, el 2,5% del capital, derechos y haberes de la sociedad “PROM INGENIERIA LIMITADA”, en $2.488.694.- pagados al contado. (III) Como consecuencia de las cesiones de derechos, doña Valentina Florencia Figueroa Valdés, se retira de la sociedad “PROM INGENIERIA LIMITADA”. (DOS) MODIFICACIÓN DEL ARTICULO Y/O CLÁUSULA SEXTA DEL PACTO SOCIAL DE LA SOCIEDAD.- Socios modifican el artículo y/o cláusula séptimo del pacto social, reemplazándola por la siguiente: “El capital de la sociedad es la cantidad de $99.547.776.-, el cual ha sido aportado y pagado, en la proporción de un 50% por don Jorge Eliseo Figueroa Moreno, un 25% por doña Vivian Carolina Valdés Olmos, un 5% por don Nicolás Ignacio Figueroa Valdés, un 7,5% por don Francisco José Figueroa Valdés, un 7,5% por doña Catalina Ximena Figueroa Valdés y un 5% por doña Josefina Antonia Figueroa Valdés”.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Chillán, 01 de marzo de 2023.-