Luengo Montt SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de febrero de 2023
- Repertorio
- 3045-2023
- Notario
- VERONICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- titular de la 33a Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago
- Duración
- hasta el 31 de diciembre de 2028, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si los socios no manifestaren su voluntad en contrario, con la mayoría, formalidades y anticipación indicadas en escritura extractada
Objeto social
a prestación de toda clase de servicios y asesorías legales, por intermedio de sus
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a la señora Trinidad Luengo Montt, quien, actuando en forma individual, indistinta y separada, y anteponiendo a su firma la razón social, estará investida con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y en particular, con las facultades y poderes establecidos en el Artículo Décimo de la escritura extractada. La administradora podrá, actuando en la forma señalada, conferir todas o algunas de sus facultades a los mandatarios o delegados que designe especialmente al efecto mediante escritura pública o instrumento privado, cuya firma o firmas sean autorizadas por un notario público
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del titular de la 33a Notaria de Santiago, don IVÁN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica: que con fecha 22 de febrero de 2023, ante el Titular don Iván Torrealba Acevedo, se redujo a escritura pública (Repertorio 3.045-2023) el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Luengo Montt SpA, hoy denominada “Luengo Montt Abogados Limitada”, celebrada con fecha 16 de febrero de 2023, con la asistencia de la totalidad de sus accionistas: doña Trinidad Luengo Montt, cédula de identidad N° 15.372.317-6; doña Daniela Santa María Catalán, cédula de identidad N° 18.467.622-2; y don Rodrigo Romero Correa, cédula de identidad N° 17.103.432-9; todos domiciliados en El Golf 40, piso 12, comuna de Las Condes, Santiago; en la cual se acordó, entre otras materias: Uno/ Transformar Luengo Montt SpA, esto es, reformar sus estatutos cambiando la especie o tipo social, de una sociedad por acciones a una sociedad de responsabilidad limitada, regida por las normas legales que resultan aplicables a este último tipo de sociedades, para cuyo efecto se modifica su nombre por el de “Luengo Montt Abogados Limitada”. Dos/ Reemplazar orgánicamente los estatutos de la Sociedad por el nuevo texto de los mismos, el que fue aprobado en la misma Junta, de los cuales extracto: Nombre: Luengo Montt Abogados Limitada. Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Duración: hasta el 31 de diciembre de 2028, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si los socios no manifestaren su voluntad en contrario, con la mayoría, formalidades y anticipación indicadas en escritura extractada. Objeto: a prestación de toda clase de servicios y asesorías legales, por intermedio de sus socios. Capital: $1.000.000, íntegramente pagado o enterado por los socios, de la siguiente forma: doña Trinidad Luengo Montt ha enterado la cantidad de $980.000, esto es, el equivalente a un noventa y ocho por ciento del total de los derechos sociales; doña Daniela Santa María Catalán ha enterado la cantidad de $10.000, esto es, el equivalente al uno por ciento del total de los derechos sociales; y don Rodrigo Romero Correa ha enterado la cantidad de $10.000, esto es, el equivalente al uno por ciento del total de los derechos sociales. Responsabilidad de Socios: la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración y uso de la razón social: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a la señora Trinidad Luengo Montt, quien, actuando en forma individual, indistinta y separada, y anteponiendo a su firma la razón social, estará investida con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y en particular, con las facultades y poderes establecidos en el Artículo Décimo de la escritura extractada. La administradora podrá, actuando en la forma señalada, conferir todas o algunas de sus facultades a los mandatarios o delegados que designe especialmente al efecto mediante escritura pública o instrumento privado, cuya firma o firmas sean autorizadas por un notario público. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 27 de febrero de 2023.