INSIDE 360 SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de enero de 2023
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la comuna de LAS CONDES, Región Metropolitana de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la representación, organización, promoción, producción, comercialización, administración y desarrollo de toda clase de eventos musicales, artísticos, deportivos y en general, de cualquier clase; la comercialización de toda clase de artículos promocionales de los anteriores; la producción, reproducción, publicación, distribución y venta de fonogramas, videogramas u otros similares; la explotación comercial de espacios publicitarios en toda clase de eventos, ya sea en forma gráfica, radial o televisada; la contratación y explotación, por cuenta propia o de terceros, y la prestación de servicios relacionados con la promoción, publicidad y marketing de toda clase de productos, servicios y eventos, y de asesorías en los mismos y)o similares, incluida la contratación y subcontratación de recursos humanos, naturales o técnicos y cualquier otro apropiado para éstos; la producción, edición, distribución y comercialización de toda clase de publicaciones periódicas y no periódicas, folletos promocionales o cualquiera otra clase de impresos; la elaboración, distribución y venta de boletos para toda clase de eventos, sea por cuenta propia o de terceros; el arriendo o subarriendo a terceros de los equipos requeridos para la ejecución de las actividades descritas precedentemente; la importación, exportación, compra, venta, representación y comercialización en cualquiera de sus formas, de toda clase de productos, incluidos alimentos y bebidas; el arrendamiento, comodato, construcción y explotación comercial de toda clase de inmuebles, en especial para playas de estacionamiento; la prestación de servicios educacionales y de todo tipo de capacitación, a todo tipo de personas, tanto naturales como jurídicas, de orden público o privado; tomar interés o participar como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibiré invertir los frutos de las inversiones; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de todas clases, y realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don EDUARDO ALEJANDRO AMARO RIQUELME, a don PATRICIO JORGE WESTERHOUT RIQUELME y a don ALEJANDRO IVÁN BLEY AQUEVEQUE, de manera conjunta, al menos dos de ellos indistintamente, administrarán la sociedad, anteponiendo sus firmas a la razón social, pudiendo representarla y obligarla con las más amplias facultades y atribuciones en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 24 de enero de 2023, ante mí, don EDUARDO ALEJANDRO AMARO BERMÚDEZ, domiciliado en calle Tiziano Nº 56, departamento 610, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don PATRICIO JORGE WESTERHOUT RIQUELME, la Capitanía Nº 70, oficina 226, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y, don ALEJANDRO IVÁN BLEY AQUEVEQUE, domiciliado en calle Loma Redonda 5 sur Nº 017814, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana, en su calidad de actuales y únicos socios y accionistas de la sociedad INSIDE 360 SpA i) modifican sociedad en su administración y en materias que no son extractables; y, ii) se otorga texto refundido de los estatutos, del que extracto a continuación. Nombre: El nombre de la Sociedad será “INSIDE 360 SpA”, sin perjuicio de que para fines comerciales y publicitarios podrá actuar bajo la denominación de “INSIDE 360”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la comuna de LAS CONDES, Región Metropolitana de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Duración: La Sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la representación, organización, promoción, producción, comercialización, administración y desarrollo de toda clase de eventos musicales, artísticos, deportivos y en general, de cualquier clase; la comercialización de toda clase de artículos promocionales de los anteriores; la producción, reproducción, publicación, distribución y venta de fonogramas, videogramas u otros similares; la explotación comercial de espacios publicitarios en toda clase de eventos, ya sea en forma gráfica, radial o televisada; la contratación y explotación, por cuenta propia o de terceros, y la prestación de servicios relacionados con la promoción, publicidad y marketing de toda clase de productos, servicios y eventos, y de asesorías en los mismos y/o similares, incluida la contratación y subcontratación de recursos humanos, naturales o técnicos y cualquier otro apropiado para éstos; la producción, edición, distribución y comercialización de toda clase de publicaciones periódicas y no periódicas, folletos promocionales o cualquiera otra clase de impresos; la elaboración, distribución y venta de boletos para toda clase de eventos, sea por cuenta propia o de terceros; el arriendo o subarriendo a terceros de los equipos requeridos para la ejecución de las actividades descritas precedentemente; la importación, exportación, compra, venta, representación y comercialización en cualquiera de sus formas, de toda clase de productos, incluidos alimentos y bebidas; el arrendamiento, comodato, construcción y explotación comercial de toda clase de inmuebles, en especial para playas de estacionamiento; la prestación de servicios educacionales y de todo tipo de capacitación, a todo tipo de personas, tanto naturales como jurídicas, de orden público o privado; tomar interés o participar como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibiré invertir los frutos de las inversiones; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de todas clases, y realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados. Capital: El capital de la sociedad ascendente a la cantidad equivalente en pesos moneda de curso legal de $10.000.000, que se divide en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, se distribuye del siguiente modo: A) don EDUARDO ALEJANDRO AMARO BERMÚDEZ, ha suscrito la cantidad de 1.000 acciones, las que se encuentran pagadas en su totalidad con anterioridad a este acto e ingresadas a la caja social, por un total de $1.000.000, es decir, por un valor de $10.000 cada acción; B) don ALEJANDRO IVÁN BLEY AQUEVEQUE, ha suscrito la cantidad de 4.500 acciones, las que se encuentran pagadas en su totalidad con anterioridad a este acto e ingresada a la caja social, por un total de $4.500.000, es decir, por un valor de $10.000 cada acción; y, C) don PATRICIO JORGE WESTERHOUT RIQUELME, ha suscrito la cantidad de 4.500 acciones, las que se encuentran pagadas en su totalidad con anterioridad a este acto e ingresada a la caja social, por un total de $4.500.000, es decir, por un valor de $10.000 cada acción. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don EDUARDO ALEJANDRO AMARO RIQUELME, a don PATRICIO JORGE WESTERHOUT RIQUELME y a don ALEJANDRO IVÁN BLEY AQUEVEQUE, de manera conjunta, al menos dos de ellos indistintamente, administrarán la sociedad, anteponiendo sus firmas a la razón social, pudiendo representarla y obligarla con las más amplias facultades y atribuciones en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios. Demás estipulaciones en escritura que extracto. Santiago, 24 de febrero de 2023.