MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ESTUDIO JURÍDICO DEL TRABAJADOR LIMITADA

RUT 76194207-7 CVE 2280994
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de febrero de 2023
Notaría
Concepción de don Ramón García Carrasco

Instrumento

Fecha
7 de febrero de 2023
Repertorio
1273-2023
Notario
JOSE AGUSTIN DONOSO MUSIATE
Oficio
Notaría de Concepción de don Ramón García Carrasco
Comuna
Concepción de don Ramón García Carrasco

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Concepción. Caso de Fallecimiento: La sociedad continúa

Objeto social

prestación por cuenta propia o ajena de servicios profesionales de asesoría, consultoría y)o asistencia jurídica en toda clase de juicios y procedimientos administrativos o gestiones de cualquier tipo, y en toda materia de orden jurídico y toda actividad complementaria que sean necesarios para la realización su objeto social y que no desnaturalicen su carácter de sociedad de profesionales. Administración y uso de la razón social corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de los socios, quienes representarán a la sociedad con las facultades y limitaciones señaladas en la escritura extractada. Responsabilidad: limitada al monto de los

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 40265 del 18 de mayo de 2012

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE AGUSTIN DONOSO MUSIATE, abogado, Notario Público Suplente de la Notaría de Concepción de don Ramón García Carrasco, con oficio en dicha comuna, ubicado en calle Rengo número 444, certifico: Por escritura pública de fecha 07 de Febrero de 2023, Repertorio N°1273-2023, ante don JENARO MURILLO SANCHEZ, Notario Suplente de este Oficio, se redujo a escritura pública el acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “ESTUDIO JURÍDICO DEL TRABAJADOR SpA”, R.U.T.: 76.194.207-7, a la que asisten sus tres socios: Paula Urzúa Troncoso, domiciliada en calle Cochrane 454, Concepción; Dante Germán Gebauer Muñoz, domiciliado en Pasaje 1, número 130, Villa el Rocío, Concepción; y don Rodrigo Sebastián Henríquez García, domiciliado en Ongolmo número 550 departamento número 301-B, Concepción. Con fecha 31 de enero de 2022, celebran primera junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad “ESTUDIO JURÍDICO DEL TRABAJADOR SpA”, R.U.T.: (76.194.207-7), a la que asisten sus tres socios, representando el 100% de las acciones de la sociedad. Esta sociedad fue constituida el 08/05/2012 por escritura otorgada ante el Notario Público don Ramón García Carrasco, bajo N° de Repertorio 4517-2012 e inscrita en extracto a fs. 1227 N° 1162 del Registro de Comercio de Concepción del año 2012 y publicada en Diario Oficial Nº 40.265 de 18/05/2012. Objeto citación: Transformar la sociedad en sociedad de profesionales de responsabilidad limitada. Lo que luego de una presentación y debate es aprobado por la unanimidad de los socios. En virtud de ello la sociedad se denominará ESTUDIO JURÍDICO DEL TRABAJADOR LIMITADA, con nombres de fantasía “EJT Ltda.” o “E J del Trabajador Ltda.”, con domicilio en Concepción. Los socios declaran que mantienen el capital social en $3.000.000.- participando los socios Gebauer y Henríquez en un 33,3% y socia Urzúa en un 33,4%. Objeto social: prestación por cuenta propia o ajena de servicios profesionales de asesoría, consultoría y/o asistencia jurídica en toda clase de juicios y procedimientos administrativos o gestiones de cualquier tipo, y en toda materia de orden jurídico y toda actividad complementaria que sean necesarios para la realización su objeto social y que no desnaturalicen su carácter de sociedad de profesionales. Administración y uso de la razón social corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de los socios, quienes representarán a la sociedad con las facultades y limitaciones señaladas en la escritura extractada. Responsabilidad: limitada al monto de los aportes. Distribución de ganancias y pérdidas en la misma proporción de los aportes. Duración 5 años contados desde la fecha de la presente escritura y se entenderá prorrogado automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio. Tanto esta declaración como la entrega de copia de ella, para su anotación, deberán efectuarse con seis meses de anticipación, a lo menos, al día del vencimiento de la sociedad. Continuadora Legal. En virtud de la presente transformación, la sociedad de responsabilidad limitada será la continuadora legal de la sociedad por acciones, conservando en consecuencia sus derechos sobre el total de sus activos y sus obligaciones respecto de su pasivo, en conformidad a lo previsto en el artículo 67 N° 1 en relación al 96, ambos de la ley de Sociedades Anónimas N° 18.046, y respecto de impuesto conforme al artículo 69 del Código Tributario. Domicilio Social: Concepción. Caso de Fallecimiento: La sociedad continúa. Demás cláusulas constan en la escritura extractada. Siendo el único tema de la sesión se da esta por finalizada. Se facultó para reducir a escritura pública, inscribir, subinscribir y sanear. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Concepción, Marzo 01 de 2023.