INMOBILIARIA EL ROSAL SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de febrero de 2023
- Repertorio
- 122-2023
- Notario
- JESUS OSSES REVECO
- Oficio
- 2da Notaria La Serena
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Duración
- Considerando que el vicio de la falta de publicación en el diario oficial y su extracto e inscripción en tiempo en el registro de comercio en el Conservador de Bienes Raíces de La Serena, constituye un vicio formal que afectan la validez de la misma, el compareciente viene en sanear dichos vicios de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero de la Ley Diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJESUS OSSES REVECO, Abogado, Notario Público Titular, 2da Notaria La Serena, Cordovez 317, certifico: Por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, CRISTIAN EUGENIO MUNDACA MURA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor comercio, cédula nacional de identidad número 11.731.129-5, mayor de edad y domiciliado en calle Prat Nº 581 de La Serena, , en representación de doña MARTA PETRONILA TORRES MANRÍQUEZ, chilena, separada, dueña de casa, cedula de identidad número 9.713.709-9, domiciliada en calle Gastón Leiva Galleguillos N° 1669, comuna de La Serena, quien acredita su identidad con la cédula antes mencionada y expone: Con fecha trece de enero de 2023 se constituyó por escritura pública repertorio Nº 122-2023 ante don Gonzalo Oñate Miranda, Abogado, Notario Público suplente del titular Jesús Osses Reveco de la ciudad de La Serena, constitución de INMOBILIARIA EL ROSAL SpA, cuyo nombre de fantasía es EL ROSAL SpA, cuyo extracto fue publicado en el Diario oficial, sin embargo, no fue inscrito en el Registro de Comercio en el Conservador de Bienes Raíces de La Serena, dentro de plazo legal dentro de plazo. Considerando que el vicio de la falta de publicación en el diario oficial y su extracto e inscripción en tiempo en el registro de comercio en el Conservador de Bienes Raíces de La Serena, constituye un vicio formal que afectan la validez de la misma, el compareciente viene en sanear dichos vicios de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero de la Ley Diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve. Demás estipulaciones en escritura extractada. La Serena, 22 de febrero de 2023.