CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CIRUGÍA ORAL Y MAXILOFACIAL LIMITADA

RUT 8044050-2 CVE 2280131
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de febrero de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
6 de febrero de 2023
Notario
Notario Suplente de don HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
26ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

En forma conjunta a los socios don Alex Patricio Vargas Díaz y a don Daniel Alejandro Fontbote Riesco, con amplias facultades;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RAMON VENEGAS MORVAN, Notario Suplente de don HUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Público, 26ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo 3.196, Las Condes, certifico que por escritura de fecha 06 de Febrero de 2023, ante mí: ALEX PATRICIO VARGAS DÍAZ, chileno, casado y separado de bienes, cirujano dentista, c.n.i. 8.044.050-2, domiciliado en avenida Apoquindo Nº 3990, Oficina Nº1101, Comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; DANIEL ALEJANDRO FONTBOTE RIESCO, chileno, casado, cirujano dentista, c.n.i. 10.331.886-6, domiciliado en calle Juan Esteban Montero Nº4831, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; HERNÁN EDUARDO RAMÍREZ SKINNER, chileno, soltero, cirujano dentista, c.n.i. 6.554.352-4, domiciliado en calle Loreley Nº1736, Departamento Nº1404, La Reina, Santiago, Región Metropolitana constituyen sociedad responsabilidad limitada a monto aportes. Razón social: “CIRUGÍA ORAL Y MAXILOFACIAL LIMITADA”, nombre de fantasía “CIROMAX LTDA.”.; Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: a) la constitución de un fondo común que administre y distribuya la prestación de servicios quirúrgicos bucales y maxilofaciales, tal como estos están definidos por la Sociedad de Cirugía Bucal y Maxilofacial de Chile en sus medios públicos e incluyendo control preventivo, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades atingentes a la especialidad, respecto de todo paciente que acceda a sus servicios tanto como la administración y/o la delegación y/o la prestación de servicios odontológicos en general, tal como están definidas las especialidades médicas y odontológicas en el proyecto de ley que regula esta materia; b) el diseño e implementación de procesos, planificaciones, protocolos, guías clínicas, métodos pedagógicos, dispositivos quirúrgicos y, la administración y/o prestación de servicios técnicos dentales directos o en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales o semifiscales, clínicas, hospitales, consultas propias o ajenas, en odontología general y especialidades odontológicas; c) la administración y/o prestación de servicios en laboratorios dentales, radiología maxilofacial, anatomía patológica, laboratorio clínico, especialidades médicas afines, consultorías de investigación, docencia y extensión universitaria y no universitaria, asesorías en el área de la salud y todo proyecto que contribuya al desarrollo de la especialidad maxilofacial y de la profesión odontológica; d) la administración y/o desarrollo de toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros y en general, podrá desarrollar las demás actividades, negocios, actos y contratos, que los socios acuerden, por cuenta propia o ajena, tengan o no relación con los objetivos perseguidos. Administración: En forma conjunta a los socios don Alex Patricio Vargas Díaz y a don Daniel Alejandro Fontbote Riesco, con amplias facultades; Capital: $1.000.000.- pesos, aportados dinero efectivo y al contado a caja social en este acto a entera conformidad socios en la siguiente proporción: a) Alex Patricio Vargas Díaz, $333.334.- correspondiéndole un 33,34% de participación en el haber social; b) Daniel Alejandro Fontbote Riesco, $333.333.-, correspondiéndole un 33,33% de participación en el haber social; y, c) Hernán Eduardo Ramírez Skinner, $333.333.-, correspondiéndole un 33,33% de participación en el haber social. Queda el 100% del capital social suscrito, pagado e ingresado este acto a la caja social. Duración: Indefinida, a contar de esta fecha. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de Febrero de 2023. Juan Ramon Venegas Morvan. Notario Suplente.