CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORIA JURIDICA LA SERENA LIMITADA

CVE 2279413
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de febrero de 2023
Notaría
La Serena
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de febrero de 2023
Notario
MARIANO TORREALBA ZILIANI
Oficio
Notaría La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país
Duración
de veinte años contados desde la fecha de la presente escritura, término éste que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle fin mediante declaración efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento de cada período de

Objeto social

la prestación de servicios y asesorías jurídicas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIANO TORREALBA ZILIANI, Notario Público Titular Notaría La Serena, Avenida Juan Cisternas 2283, local 3, Edificio Atrium, certifica: Por escritura pública de fecha 21 febrero 2023 ante doña Camila Alfaro Cazaux, Notario Suplente del suscrito, Kissi Cecilia Rivera Cortés y Gonzalo Phillips del Pozo, ambos domiciliados en Las Rojas Oriente 302, La Serena, constituyeron sociedad ASESORIA JURIDICA LA SERENA LIMITADA. Administración, representación y uso de razón social corresponde a Kissi Cecilia Rivera Cortés, en forma indicada en la escritura. Capital: $5.000.000.- aportados en dinero efectivo íntegramente enterados en arcas sociales. Kissi Cecilia Rivera Cortés la suma de $4.950.000.-; Gonzalo Philips del Pozo la suma de $50.000.- Socios limitan su responsabilidad a monto sus respectivos aportes. Objeto: la prestación de servicios y asesorías jurídicas Duración: de veinte años contados desde la fecha de la presente escritura, término éste que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle fin mediante declaración efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento de cada período de duración. Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país.- Demás estipulaciones escritura extractada. La Serena, 23 de febrero de 2023.