INVERSIONES ALANKA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2022
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Oficio
- Cuadragésima Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $986.277 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público de la Cuadragésima Notaría Santiago, suplente del Notario Titular ALBERTO MOZÓ AGUILAR, con asiento en calle Teatinos 332, comuna de Santiago, Región Metropolitana certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 30 de diciembre de 2022, ante mí, don GUILLERMO SALINAS ERRÁZURIZ, doña ISABEL ALEJANDRA BARROS BAHAMONDE, doña MARÍA ALEJANDRA SALINAS BARROS, don GUILLERMO JOSÉ SALINAS BARROS, y la sociedad INVERSIONES SAN PEDRO LIMITADA, en su calidad de actuales y únicos socios de la sociedad INVERSIONES ALANKA LIMITADA, inscrita a fs 87.438 N° 61.275, Reg. Com. CBR Stgo. año 2012; don AGUSTÍN JOSÉ SALINAS BARROS, doña MARÍA IGNACIA SALINAS BARROS, don PEDRO JOSÉ SALINAS BARROS, doña ISABEL ALEJANDRA BARROS BAHAMONDE, doña MARÍA ALEJANDRA SALINAS BARROS, don GUILLERMO JOSÉ SALINAS BARROS, y doña ROSARIO SALINAS BARROS, en su calidad de actuales y únicos socios de la sociedad INVERSIONES SAN PEDRO LIMITADA, inscrita a fs 86.994 N° 60.975, Reg. Com. CBR Stgo. año 2012, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy 9.070, oficina 1.501, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, y de la sociedad INVERSIONES SAN PEDRO LIMITADA, celebraron escritura “FUSIÓN INVERSIONES ALANKA LIMITADA CON INVERSIONES SAN PEDRO LIMITADA”, mediante la cual acordaron lo siguiente: Socios de la sociedad INVERSIONES ALANKA LIMITADA y de la sociedad INVERSIONES SAN PEDRO LIMITADA acuerdan la fusión por incorporación de la sociedad INVERSIONES SAN PEDRO LIMITADA en la sociedad INVERSIONES ALANKA LIMITADA, con efecto y vigencia a partir de la fecha de la escritura extractada. Como consecuencia de la fusión, la sociedad INVERSIONES ALANKA LIMITADA absorbe a la sociedad INVERSIONES SAN PEDRO LIMITADA, disolviéndose esta última con efecto y vigencia a contar de la fecha de la escritura extractada e incorporándose la totalidad del activo y pasivo, derechos y obligaciones, bienes materiales o inmateriales, créditos, débitos, de cualquier especie, sin que medie reserva ni excepción alguna, que hayan pertenecido, correspondido, favorecido u obligado a esta sociedad, pertenecen, corresponden, favorecen u obligan en lo sucesivo a la sociedad INVERSIONES ALANKA LIMITADA, la que, para todos los efectos legales y contractuales a que haya lugar, se constituye en la sucesora y continuadora legal de la sociedad absorbida. Por efecto de la fusión, el capital de la sociedad INVERSIONES ALANKA LIMITADA, se aumenta de la cantidad de $986.277.572 a la cantidad de $1.591.766.543. Como consecuencia se reemplaza el artículo sexto de los estatutos sociales, relativo al capital social, por el del siguiente tenor extractado: “ARTÍCULO SEXTO. El capital de la sociedad es la suma única y total de $1.591.766.543, íntegramente pagados y enterados en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, el que se distribuye entre los socios en las siguientes proporciones: a) don GUILLERMO SALINAS ERRÁZURIZ, con el 78,03% del total de los derechos sociales; b) doña ISABEL ALEJANDRA BARROS BAHAMONDE, con el 3,17% del total de los derechos sociales; c) doña MARÍA ALEJANDRA SALINAS BARROS, con el 3,14% del total de los derechos sociales; d) don GUILLERMO JOSÉ SALINAS BARROS, con el 3,14% del total de los derechos sociales; e) don AGUSTÍN JOSÉ SALINAS BARROS, con el 3,13% del total de los derechos sociales; f) doña MARÍA IGNACIA SALINAS BARROS, con el 3,13% del total de los derechos sociales; g) don PEDRO JOSÉ SALINAS BARROS con el 3,13% del total de los derechos sociales; y, h) doña ROSARIO SALINAS BARROS, con el 3,13% del total de los derechos sociales.” Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 30 de Diciembre de 2022. R. Sotomayor G. Notario Público.