ESTUDIO JURÍDICO DONOSO & MORALES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de febrero de 2023
- Notario
- MAURICIO ROJAS ESCUDERO
- Domicilio
- Ligua
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAURICIO ROJAS ESCUDERO, Notario Público de La Ligua, con oficio en calle Ortíz de Rozas Nº 836, La Ligua, certifica: por escritura pública de fecha diez de febrero del año dos mil veintitrés. Ante mí, ARCHIE CARLOS MORALES ROMO, domiciliado en pasaje Uno número dieciocho, Población Los Paltos, comuna de Cabildo, y doña JEISY MACKARENA DONOSO AGUILERA, domiciliada en pasaje Uno número dieciocho, Población Los Paltos, comuna de Cabildo, modificaron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, cuya escritura extracto. Por escritura pública de fecha quince de julio de dos mil veintiuno, ante el Notario Público MAURICIO ROJAS ESCUDERO, los comparecientes, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada “ESTUDIO JURÍDICO DONOSO & MORALES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA&, con nombre de fantasía “DONOSO & MORALES LTDA-. Los socios comparecientes, acuerdan modificar el Estatuto Social en cuanto a su objeto, eliminando los siguientes: el corretaje de propiedades urbanas o agrícolas y del servicio inmobiliario en general; Asesorar a las familias para acceder al subsidio habitacional; Representación jurídica en causas judiciales y extrajudiciales; La preparación, organización y ejecución de actividades de intermediación en la compra, venta, arrendamiento y explotación de bienes inmuebles equipados o sin equipamiento; y, en general, la prestación de servicios de asesoría y consultoría profesional y asistencia técnica, sea en el ámbito financiero, comercial, legal o de otro tipo, a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras en todas aquellas materias vinculadas directa o indirectamente con el objeto; y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento de cada uno de los objetos de la Sociedad, el desarrollo de su giro y la inversión de los fondos disponibles de la misma; y agregando: prestación profesional de servicios jurídicos. Quedando este último, en definitiva, como objeto exclusivo -. En todo lo que demás, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social-. Demás estipulaciones en escritura extractada. La Ligua, 14 de febrero de 2023.