Dulcería Adelina SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2023
- Notario
- Juan Cristian Berrios Castro
- Oficio
- Titular de la Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 7 de febrero de 2023, otorgada ante mí, bajo el Repertorio número 2.062/2023, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “Dulcería Adelina SpA”, sociedad inscrita a fojas 77533 número 35820 del Registro de Comercio del Conservador de Raíces de Santiago correspondiente al año 2021 (en adelante, la “Sociedad”), celebrada con fecha 17 de enero de 2023, en la que se acordó, entre otras materias: (i) Aumentar el capital de la Sociedad desde el monto de $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas, a la cantidad de $26.000.000.-, dividido en 1.333 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 333 nuevas acciones de pago a un precio unitario de colocación de $75.075,0751.-, que deberá ser pagado en el plazo de 6 meses desde el 17 de enero de 2023. El capital social de $26.000.000.-, dividido en 1.333 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, se suscribe y paga según se detalla a continuación: (a) Con 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por doña Elisa Correa Pinto; y (b) Con 333 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribirán y pagarán dentro del plazo de 6 meses contados desde el 17 de enero de 2023; y (iii) Como consecuencia de los referidos acuerdos, se modificaron el artículo Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales relativos al capital. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización.