CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS JURÍDICAS DÍAZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

CVE 2278955
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
21 de febrero de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de febrero de 2023
Repertorio
2690/2023
Notario
LUÍS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUÍS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 21/02/2023, Repertorio N°2690/2023, ante mi, don LUIS EDUARDO DÍAZ ARACENA, chileno, divorciado, abogado, cédula de identidad y rol único tributario número ocho millones setecientos treinta y un mil doscientos setenta y nueve guion ocho y don EDUARDO ANDRÉS DÍAZ DAUDET, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad y rol único tributario número quince millones noventa y nueve mil doscientos diecinueve guion dos, ambos con domicilio en calle Doctor Sótero del Río trescientos veintiséis, oficina mil ocho, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada sujeta a las disposiciones de la Ley Numero tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, cuya razón social será ASESORÍAS JURÍDICAS DÍAZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, pudiendo usar para todas sus operaciones, inclusive ante bancos e instituciones financieras, Servicio de Impuestos Internos, y para fines de publicidad y propaganda el nombre de fantasía ASESORÍAS JURÍDICAS DÍAZ Y CÍA. LTDA., cuyo domicilio será la ciudad de Valparaíso, sin perjuicio de establecer oficinas, agencias, representaciones o sucursales en otras ciudades del país o en el extranjero. El objeto de la sociedad será prestar asesorías jurídicas a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas; asumir representaciones judiciales y extrajudiciales, cualquiera sea su naturaleza; intervenir en mediaciones o arbitrajes; y, en general, todo tipo de prestaciones relacionadas con la profesión de los socios. La representación, administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá indistintamente a don Luis Eduardo Díaz Aracena y a don Eduardo Andrés Díaz Daudet. El capital de la empresa será la suma de $2.000.000 que los socios aportaron de la siguiente forma: a) don Luis Eduardo Díaz Aracena, aporta la suma de un millón ochocientos mil pesos, en dinero efectivo, en este acto, y que la sociedad recibe; y b) don Eduardo Andrés Díaz Daudet, aporta la suma de doscientos mil pesos, en dinero efectivo, en este acto, y que la sociedad recibe. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. La duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha del presente instrumento, término que se entenderá prorrogado por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en la forma señalada en la escritura que se extracta./rdm.