DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE SERVICIOS INDUSTRIALES MACOLI LIMITADA

RUT 77642700-4 CVE 2278526
Fecha instrumento
10 de febrero de 2023
Notaría
Osorno

Instrumento

Fecha
10 de febrero de 2023
Notario
ABDALLAH FERNÁNDEZ ATUEZ
Oficio
Tercera Notaría de Osorno
Comuna
Osorno

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ABDALLAH FERNÁNDEZ ATUEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Osorno, con domicilio en Avenida Nueva Mackenna número ochocientos setenta y uno, oficina ciento dos, certifica que por escritura pública otorgada ante don NICOLAS ALEJANDRO VALENZUELA GONZALEZ, Abogado, Suplente del Notario Público Titular, con fecha 10 de febrero de 2023, Repertorio número 719-2023, don JOAQUÍN ESTEBAN AICHELE GANTZ, chileno, abogado, soltero, cédula nacional de identidad número diecisiete millones seiscientos cincuenta y nueve mil setecientos noventa y tres guion tres, domiciliado en calle Manuel Antonio Matta número quinientos cuarenta y nueve oficina novecientos tres, de la ciudad de Osorno, en representación de doña JACQUELINE MARIANNE LEIBBRANDT BARBET, de doña HELMA MARIA BARBET TAMPE, suscribió escritura pública de saneamiento de escritura otorgada con fecha catorce de julio del año dos mil veintidós, repertorio número tres mil trescientos cincuenta y dos, otorgada en la notaría de doña LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Notaría de Santiago; doña JACQUELINE MARIANNE LEIBBRANDT BARBET y doña HELMA MARIA BARBET TAMPE, otorgaron una escritura de disolución de sociedad denominada “SOCIEDAD DE SERVICIOS INDUSTRIALES MACOLI LIMITADA”, que puede obrar con el nombre de fantasía “SERVICIOS MACOLI LTDA”. Un extracto de dicha Escritura Pública de disolición social fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile en su edición número cuarenta y tres mil cuatrocientos once, de fecha veintiseis de noviembre del año dos mil veintidos, Que, por razones ajenas a la voluntad de las disolvientes, el extracto de la escritura de constitución social indicado en la cláusula anterior, no fue oportunamente publicado e inscrito en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Osorno dentro del plazo legal que establece la norma del artículo cuatrocientos cincuenta y cuatro del Código de Comercio, en relación a lo establecido en el artículo tercero de la ley tres mil novecientos dieciocho. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo tercero letra b) de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, el compareciente viene en otorgar la presente Escritura Pública de saneamiento, como lo ordena la citada disposición, con el objeto de que su extracto pueda ser inscrito oportunamente, conjuntamente con el extracto de la escritura de disolución social antes señalado, en el Registro respectivo del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Osorno, cumpliéndose así con esta formalidad originalmente omitida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Se facultó para inscribir.- En Osorno, a 23 de febrero de 2023.-