MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

MULTIFRIGO VALPARAÍSO SpA

RUT 96525370-K CVE 2277798
Fecha instrumento
22 de febrero de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de febrero de 2023
Repertorio
1734-2023
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización

Administración

La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a un administrador, en adelante el “Administrador”, el cual podrá ser una persona natural o jurídica, y no necesitará ser accionista de la Sociedad. El Administrador deberá ser designado, y podrá ser revocado, por accionistas que representen a lo menos dos terceras partes de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad. /B/ Modificar el Artículo Octavo, reemplazándolo por el siguiente texto: “Artículo Octavo: Gerentes y Apoderados. El Administrador podrá designar una o más personas con el título de gerente o apoderado de la Sociedad y podrá sustituirlos a su arbitrio, estableciendo sus atribuciones y deberes, conforme a lo establecido en el Artículo Séptimo de los Estatutos.” C) Modificar el Artículo Tercero Transitorio y eliminar el Artículo Cuarto Transitorio de los Estatutos por haber perdido oportunidad y

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado Notario titular de la Octava Notaria de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número novecientos cuarenta y uno, Local trescientos dos, comuna de Santiago, certifica que: ante mi suplente don Juan Cristián Berrios Castro con fecha 31 de enero de 2023, se otorgó la escritura pública, Repertorio N°1734-2023, en que José Pablo Dulanto Galilea, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número 6.690.077-0, en representación de EMPRESAS MULTIFRIGO SpA, Rol Único Tributario número 76.896.455-6, único accionista de MULTIFRIGO VALPARAÍSO SpA (en adelante, la “Sociedad”), Rol Único Tributario número 96.525.370-K, sociedad inscrita a fojas 12968, número 10690 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1993; celebró un acuerdo sin forma de junta en la cual se acordó, entre otras materias, lo siguiente: i)Modificar el régimen de administración y designación del Administrador. Se acordó que la sociedad sea administrada por un Administrador, el cual podrá ser persona natural o jurídica sin necesidad de ser accionista de la Sociedad, y que el Administrador deberá ser designado y podrá ser revocado, por accionistas que representen a lo menos dos terceras partes de las acciones con derecho a voto de la Sociedad. Se designa a la sociedad Emergent Cold Chile Dos SpA como Administrador de la Sociedad. ii)En consideración a la modificación de la administración y el nombramiento del nuevo administrador acordado por el Accionista, este modificó los Estatutos en el siguiente sentido: /A/ Modificar el Artículo Séptimo, del cual, a continuación, se reproducen solamente sus aspectos extractables: “Artículo Séptimo: Administración y Representación. La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a un administrador, en adelante el “Administrador”, el cual podrá ser una persona natural o jurídica, y no necesitará ser accionista de la Sociedad. El Administrador deberá ser designado, y podrá ser revocado, por accionistas que representen a lo menos dos terceras partes de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad. /B/ Modificar el Artículo Octavo, reemplazándolo por el siguiente texto: “Artículo Octavo: Gerentes y Apoderados. El Administrador podrá designar una o más personas con el título de gerente o apoderado de la Sociedad y podrá sustituirlos a su arbitrio, estableciendo sus atribuciones y deberes, conforme a lo establecido en el Artículo Séptimo de los Estatutos.” C) Modificar el Artículo Tercero Transitorio y eliminar el Artículo Cuarto Transitorio de los Estatutos por haber perdido oportunidad y vigencia. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 22 de febrero del año 2023.-