Inversiones y Asesorías Fapeca Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 6667-2022
- Notario
- Andrés Carlos Zavala Courriol
- Oficio
- Notaría N° 29 de Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.219.800 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAndrés Carlos Zavala Courriol, Notario Público Interino de la Notaría N° 29 de Santiago, calle Mac-Iver N° 225, oficina 302, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2022, con el repertorio 6667-2022, ante mí, comparecieron Administradora Cinco Hermanos Limitada, Renato Arturo Peñafiel Muñoz, Ana María Castillo Errázuriz, Ana María Peñafiel Castillo, Renato Eduardo Peñafiel Castillo, Magdalena Sofía Peñafiel Castillo, María de los Ángeles Peñafiel Castillo, y Cristóbal Peñafiel Castillo, únicos socios de la sociedad Inversiones y Asesorías Fapeca Limitada, inscrita a Fojas 19.155, Número 13.989 del Registro de Comercio del año 2007 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, todos domiciliados para estos efectos en Carlos Ossandón N° 11, comuna de La Reina, Santiago, aprobando lo siguiente: 1.- La fusión por incorporación de Inversiones Villanova Limitada en Inversiones y Asesorías Fapeca Limitada, mediante la absorción de la primera por parte de la última. Como consecuencia de ello se disuelve Inversiones Villanova Limitada, adquiriendo Inversiones y Asesorías Fapeca Limitada todos los activos, pasivos y patrimonio de Inversiones Villanova Limitada, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones. 2.- La relación de canje conforme al informe pericial dispuesto al efecto y los antecedentes que sirvieron de base para acordar la fusión, lo que comprende el balance de la sociedad absorbente y la sociedad absorbida al 30 de noviembre de 2022. 3.- El aumento de capital de Inversiones y Asesorías Fapeca Limitada con motivo de la fusión, de $2.100.000 a $3.219.800, a ser pagado por Administradora Cinco Hermanos Limitada y el resto de los socios de la sociedad absorbente, a partir del aporte de los activos y pasivos que componen el patrimonio de Inversiones Villanova Limitada como consecuencia de la fusión y de acuerdo con la relación de canje aprobada. 4.- Modificar íntegramente el artículo 4° de los estatutos sociales de Inversiones y Asesorías Fapeca Limitada por el siguiente texto: “Cuarto: Capital Social. El capital social será la suma de $3.219.800, cantidad que los socios enteran de la siguiente forma: a) El socio Renato Arturo Peñafiel Muñoz aporta la cantidad de $383.148, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, y que corresponde al 11,9% del capital social; b) La socia Ana María Castillo Errázuriz aporta la cantidad de $383.148, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, y que corresponde al 11,9% del capital social; c) La socia Ana María Peñafiel Castillo aporta la cantidad de $484.248, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, y que corresponde al 15,04% del capital social; d) El socio Renato Eduardo Peñafiel Castillo aporta la cantidad de $484.248, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, y que corresponde al 15,04% del capital social; e) La socia Magdalena Sofía Peñafiel Castillo aporta la cantidad de $484.248, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, y que corresponde al 15,04% del capital social; f) La socia María de los Ángeles Peñafiel Castillo aporta la cantidad de $484.248, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, y que corresponde al 15,04% del capital social; g) El socio Cristóbal Peñafiel Castillo aporta la cantidad de $484.248, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, y que corresponde al 15,04% del capital social; y, h) El socio sociedad Administradora Cinco Hermanos Limitada aporta la cantidad de $32.265, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, y que corresponde al 1,0% del capital social.”. 5.- Que la fusión de Inversiones Villanova Limitada en Inversiones y Asesorías Fapeca Limitada y el aumento de capital de esta última tengan vigencia para efectos jurídicos, contables y tributarios a contar del 30 de diciembre de 2022. Demás estipulaciones en escritura extractada, incluyendo facultad del portador de requerir inscripción y publicación. Santiago, 20 de Febrero de 2023.