MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES PANPITA LIMITADA

RUT 76452913-8 CVE 2278100
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
28 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de diciembre de 2022
Notario
ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOL
Oficio
29°Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
La duración de la Sociedad es de 5 años a contar de la fecha de este instrumento, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a lo menos 3 meses de anticipación a la fecha prevista para la expiración de la Sociedad. Además, sin que constituya requisito de validez o eficacia, el aviso de término deberá ser informado a la administración, siendo responsabilidad de ésta comunicarlo a los restantes

Objeto social

La sociedad tiene por

Administración

La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don José Manuel Ibáñez Scott, a don José Manuel Ibáñez Edmiston, a don Matías Andrés Ibáñez Edmiston, y, a don Rodrigo Andrés Álamos Swinburn, para que actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, puedan obligar a la sociedad con las facultades establecidas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOL, Notario Público Interino de la 29°Notaría de Santiago, con oficio en calle Mac-Iver N°225, oficina 302, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2022, ante mí, AGRÍCOLA ALMA LIMITADA e INVERSIONES NAPOLEÓN LIMITADA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Kennedy Lateral N°5488, oficina 1105, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “INVERSIONES PANPITA LIMITADA”, inscrita a Fs.88536 , N°47757 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, en los siguientes términos: 1) Modificación por División: acordaron la división de INVERSIONES PANPITA LIMITADA entre sí y una nueva sociedad de responsabilidad limitada que se constituye al efecto: “INVERSIONES PANPITA DOS LIMITADA”. 2) Disminución de Capital: con motivo de la división, se disminuye el capital de Inversiones Panpita Limitada, ascendente a $500.000.-, en la suma de $483.150.- quedando reducido a $16.850.- 3) Modificación Estatutos Inversiones Panpita Limitada: acuerdan reemplazar el Artículo Quinto, por el siguiente: ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad es la suma de $16.850.-, que los socios han aportado y pagado en la siguiente proporción: a) La sociedad AGRÍCOLA ALMA LIMITADA, aportó la suma de $16.848.-, equivalente a un 99,99% de participación en el capital social, que ha sido pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha; y, b) La sociedad INVERSIONES NAPOLÉON LIMITADA, aportó la suma de $2.-, equivalente a un 0,01% de participación en el capital social, que ha sido pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha. Los socios dejan constancia que los porcentajes indicados, son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto del aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la sociedad. Salvo por la modificación referida precedentemente, los estatutos sociales de Inversiones Panpita Limitada quedan íntegramente vigentes. 4) Comparecientes aprueban los estatutos de la nueva sociedad: Razón social: “INVERSIONES PANPITA DOS LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente, la expresión abreviada de “INVERSIONES PANPITA DOS LTDA”. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tiene por objeto: a) La inversión inmobiliaria, para lo cual podrá adquirir toda clases de bienes raíces, administrar dichas propiedades, darlas y tomarlas en arrendamientos y percibir sus rentas; b) La inversión mobiliaria, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles, tales como acciones, bonos, pagarés, letras hipotecarias u otro valores mobiliarios o títulos de renta o inversión; c) La explotación agrícola, en general y especialmente en los rubros frutícola, vitivinícola, pecuario y forestal; y d) La constitución y participación como accionista en sociedades anónimas, sociedad por acciones o como socia de sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturales, que tengan un objeto análogo al mencionado en las letras precedentes. Capital Social. El capital de la Sociedad es la suma de $483.150.- que ha sido aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: Uno) La sociedad AGRÍCOLA ALMA LIMITADA aporta la suma de $483.102.-, equivalente a un 99,99% del capital y derechos sociales, pagados íntegramente con anterioridad a este acto; y, Dos) La sociedad INVERSIONES NAPOLÉON LIMITADA aporta la suma de $48.-, equivalente a un 0,01% del capital y derechos sociales, pagados íntegramente con anterioridad a este acto. Se deja constancia que los porcentajes indicados, son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto del aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la sociedad. Responsabilidad. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Administración, representación y uso de la razón social: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don José Manuel Ibáñez Scott, a don José Manuel Ibáñez Edmiston, a don Matías Andrés Ibáñez Edmiston, y, a don Rodrigo Andrés Álamos Swinburn, para que actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, puedan obligar a la sociedad con las facultades establecidas en la escritura extractada. Duración: La duración de la Sociedad es de 5 años a contar de la fecha de este instrumento, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a lo menos 3 meses de anticipación a la fecha prevista para la expiración de la Sociedad. Además, sin que constituya requisito de validez o eficacia, el aviso de término deberá ser informado a la administración, siendo responsabilidad de ésta comunicarlo a los restantes socios. Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier momento y por acuerdo unánime de los socios, se podrá poner término anticipado a la Sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 21 de febrero de 2023.