MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

HANS BECKS LIMITADA

RUT 76366188-1 CVE 2278055
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de febrero de 2023

Instrumento

Fecha
9 de febrero de 2023
Notario
Andrés Carlos Zavala Courriol
Oficio
Notaría N° 29 de Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Andrés Carlos Zavala Courriol, Abogado y Notario Público, interino de la Notaría N° 29 de Santiago, con domicilio en calle Mac Iver N° 225, oficina 302, Santiago, certifico: Que, por escritura pública de fecha 09 de febrero de 2023, ante mí, don Hans Werner Becks Ohaco, doña Francisca Gazmuri – Becks Cacho, también conocida como Linda Gazmuri Cacho, ambos domiciliados en calle Roberto Del Río 1.620, departamento 501, Providencia; y doña Jennifer Josefina Zamora Regalado, domiciliada en Avenida Vicuña Mackenna 11.454, torre A, departamento 905, comuna de La Florida; modificaron la sociedad HANS BECKS LIMITADA (la “Sociedad”), constituida por escritura pública de fecha 7 de julio de 2014, ante el Notario de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, cuyo extracto se inscribió a fojas 51.191, número 31.790 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2014. (A) Doña Francisca Gazmuri – Becks Cacho cede a don Hans Werner Becks Ohaco el 18% de los derechos sociales. (B) Como consecuencia de lo señalado, en su calidad de únicos socios de HANS BECKS LIMITADA, los señores Hans Werner Becks Ohaco, Francisca Gazmuri – Becks Cacho y Jennifer Josefina Zamora Regalado, modificaron la cláusula quinta de los estatutos de la Sociedad, relativa a su capital, estableciendo que es la cantidad un $10.000.000, que se ha aportado y enterado en la forma siguiente: a) don Hans Werner Becks Ohaco ha aportado y enterado la cantidad de $9.800.000, equivalentes al 98% de los derechos sociales; b) doña Francisca Gazmuri – Becks Cacho ha aportado y enterado la cantidad de un $100.000, equivalentes al 1% de los derechos sociales; y c) doña Jennifer Josefina Zamora Regalado ha aportado y enterado la cantidad de $100.000, equivalentes al 1% de los derechos sociales. Además, cada uno de los socios aporta su trabajo consistente en la prestación de sus servicios profesionales para el desarrollo del giro social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 20 de febrero de 2023. Andrés Carlos Zavala Courriol, Notario Público Interino.