CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL E INVERSIONES YABER PALOMERA LIMITADA

CVE 2278019
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
17 de febrero de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de febrero de 2023
Repertorio
2567/2023
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP
Domicilio
- ciudad de Santiago
Duración
Cinco años
Ley aplicable
Ley Nº 3918

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto social desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades comerciales u objetos sociales: a) Restaurante, gastronomía, explotación, administración y arrendamiento de restaurantes, bares, centro de eventos, y cualquier otro establecimiento comercial donde se sirvan, consuman o expendan comidas preparadas de todo tipo, bebidas alcohólicas y analcohólicas, jugos, postres y tortas; b) Inversiones, comercialización, importación, exportación, compra y venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción y distribución de todo tipo de especies, productos, servicios y)o mercaderías nacionales o extranjeras, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias, por cuenta propia, encargo o representación; c) Adquisición, explotación, arrendamiento, subarriendo, y cesión de uso, en cualquiera de sus forma, de toda clase de bienes raíces dentro y fuera del país; d) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; e) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones, franquicias y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; f) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; y g) Desarrollar cualquier otra actividad complementaria, anexa o conexa, tanto en Chile como en el extranjero y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, incluso constituir otras sociedades o incorporarse a ellas, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social que los socios acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 17/02/2023, Repertorio 2567/2023, ante Juan Cristian Berrios Castro, Notario Suplente, JONITA INVERSIONES SPA, rol único tributario número setenta y seis millones ochocientos setenta y seis mil ochocientos ochenta y tres guión ocho, representa por don JORGE NICOLAS YABER FERNANDEZ, cédula nacional de identidad número siete millones novecientos treinta y nueve mil cuatrocientos diez guión seis, ambos domiciliados en calle Milan número mil cuatrocientos cinco, local ciento dos, comuna de San Miguel, INVERSIONES ALSUPADI SPA, rol único tributario número setenta y siete millones setecientos doce mil doscientos catorce guión seis, representada por don JOSE MANUEL ALFREDO PALOMERA MORA, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos cuarenta mil quinientos noventa guión cinco, ambos domiciliados en calle Agustinas número ochocientos catorce, oficina novecientos seis, comuna de Santiago. constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada de acuerdo Ley Nº 3918 y sus modificaciones de acuerdo a las siguientes estipulaciones: Razón social.- COMERCIAL E INVERSIONES YABER PALOMERA LIMITADA, nombre de fantasía, YABER PALOMERA LTDA. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto social desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades comerciales u objetos sociales: a) Restaurante, gastronomía, explotación, administración y arrendamiento de restaurantes, bares, centro de eventos, y cualquier otro establecimiento comercial donde se sirvan, consuman o expendan comidas preparadas de todo tipo, bebidas alcohólicas y analcohólicas, jugos, postres y tortas; b) Inversiones, comercialización, importación, exportación, compra y venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción y distribución de todo tipo de especies, productos, servicios y/o mercaderías nacionales o extranjeras, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias, por cuenta propia, encargo o representación; c) Adquisición, explotación, arrendamiento, subarriendo, y cesión de uso, en cualquiera de sus forma, de toda clase de bienes raíces dentro y fuera del país; d) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; e) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones, franquicias y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; f) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; y g) Desarrollar cualquier otra actividad complementaria, anexa o conexa, tanto en Chile como en el extranjero y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, incluso constituir otras sociedades o incorporarse a ellas, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social que los socios acuerden.- Domicilio.- ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales en Chile o en el extranjero; Administración y uso razón social corresponderá ambos socios conjunta o separadamente, salvo respecto de los puntos 1, 2 y 3, señaladas en el pacto social, en que actuaran conjuntamente. Capital. $5.000.000 que aportan y enteran al contado en dinero efectivo en partes iguales. Duración. Cinco años. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.-