INMOBILIARIA OLBA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- Demás estipulaciones constan en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Titular de la 34° Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2022 ante doña ISABEL PEÑA LEZAETA, Notario Suplente de este oficio: don CESARE JUAN CORONATA ZUNINO, cédula nacional de identidad número cuatro millones doscientos treinta y cuatro mil quinientos sesenta y tres guion seis, doña SHEILA JEAN MACKENZIE HAYNES, cédula nacional de identidad número cinco millones ciento noventa y ocho mil setecientos setenta y nueve guion nueve , don ALESSANDRO NILO CORONATA MACKENZIE, cédula de identidad número siete millones ciento treinta y seis mil ochocientos treinta y ocho guion seis, representado por don SERGIO ILLANES LASO, cédula nacional de identidad número cuatro millones setecientos setenta y tres mil setecientos noventa y dos guion tres, don GIANCARLO CORONATA MACKENZIE, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos cincuenta y cinco mil doscientos veintiocho guion dos por sí y en representación de Inversiones Palatino Limitada, rol único tributario número setenta y seis millones ochocientos cincuenta y nueve mil seiscientos cincuenta guion seis, y, doña CATERINA LIA CORONATA MACKENZIE, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos cincuenta y cinco mil doscientos veintisiete guion cuatro y expusieron: Que los socios dividieron Inmobiliaria Olba Limitada rol 96.732.690-9 inscrita a fojas trescientos treinta número doscientos veintiocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta año mil novecientos noventa y cinco, entre sí como Continuadora, y una nueva sociedad denominada “Rentas e Inversiones Nova Limitada” que nace de la división en los términos que se indican: a) sirve de base al proceso de división un Balance no auditado al treinta y uno de agosto de dos mil veintidós, el cual es aprobado por los socios para los efectos legales y estatutarios que procedan; b) La división se efectúa conforme al Informe Pericial elaborado en función del balance de fecha cinco de octubre de dos mil veintidós, elaborado por el contador auditor don Patricio Sandoval del Canto, el cual es aprobado por los socios y conforme a otros antecedentes, los que también se protocolizan con esta misma fecha, en la forma indicada más arriba; c) Se asignan a la nueva sociedad Rentas e Inversiones Nova Limitada el tres coma treinta y cinco por ciento del patrimonio de la Sociedad que asciende a treinta y cinco millones setecientos treinta y cinco mil doscientos un pesos representado por un Activo de treinta y cinco millones setecientos treinta y cinco mil doscientos un pesos, sin Pasivos con terceros. El Patrimonio de treinta y cinco millones setecientos treinta y cinco mil doscientos un pesos queda distribuido en las siguientes cuentas: (uno) Capital Social: tres millones ciento treinta y seis mil ochocientos veintitrés pesos; (dos) Reserva Revalorización Capital : veinticinco millones ciento sesenta y seis mil quinientos cincuenta y tres pesos; (tres) Utilidades Acumuladas: tres millones setecientos setenta y tres mil noventa y dos pesos; (cuatro) Retiro de Utilidades: menos ciento sesenta y siete mil quinientos pesos; (cinco) Utilidades del Ejercicio: tres millones ochocientos veintiséis mil doscientos treinta y tres pesos; d) Permanecerán en INMOBILIARIA OLBA LIMITADA, el noventa y seis coma sesenta y cinco por ciento del patrimonio de la Sociedad integrado por todos los demás activos y pasivos no asignados a la sociedad que nace de la división. El patrimonio de mil treinta millones doscientos cuarenta y seis mil sesenta y cuatro pesos queda conformado por las siguientes cuentas: (uno) Capital Social: noventa millones cuatrocientos noventa y nueve mil seiscientos setenta y tres; (dos) Reserva Revalorización Capital: setecientos veintiséis millones setenta y tres mil ochocientos treinta y tres pesos; y, (tres) Utilidades Acumuladas: ciento ocho millones ochocientos cincuenta y seis mil quinientos veintisiete pesos; (cuatro) Retiro de Utilidades: menos cuatro millones ochocientos treinta y dos mil quinientos pesos; (cinco) Utilidades del Ejercicio: ciento nueve millones seiscientos cuarenta y ocho mil quinientos treinta y un pesos;. para los efectos previstos en la legislación tributaria, la nueva sociedad que nace de la división se hace responsable de todos los impuestos, cargos, gravámenes y demás obligaciones de carácter tributario, cualquiera que fuese su concepto, que Inmobiliaria Olba Limitada adeude o pudiere adeudar por los bienes asignados a ella en cada caso; h) Los bienes que se asignan a la nueva sociedad que nace de esta división, se radican en ellas al valor con el cual ellos figuran en el balance de la Sociedad al treinta y uno de agosto de dos mil veintidós, fecha desde la cual la división produce plenos efectos legales y contables; i) la aprobación del balance de división importa la distribución y radicación de los activos y pasivos a esta fecha en la sociedad luego de la división, todo lo cual es aprobado por los socios, con lo cual quedan definitivamente determinados los activos y pasivos que a la nueva sociedad se le ha asignado o que conserva la Continuadora; j) el capital social de la nueva sociedad que nace se constituye con motivo de la división, pertenece a los mismos socios de Inmobiliaria Olba Limitada sin cargo alguno para ellos, a prorrata de la participación societaria que cada cual tiene en esta última. Las partes aprueban los estatutos por los cuales se rige la sociedad Rentas e Inversiones Nova Limitada que se constituye a consecuencia de la división.Disminución de capital. Como consecuencia de la división de Inmobiliaria Olba Limitada, se disminuye el capital social de la Sociedad Continuadora en la cantidad de treinta y cinco millones setecientos treinta y cinco mil doscientos un pesos íntegramente suscrito y pagado. Modificación de los Estatutos de INMOBILIARIA OLBA LIMITADA. Como consecuencia de lo anterior, los únicos y actuales socios de INMOBILIARIA OLBA LIMITADA acuerdan modificar el artículo cuarto de los Estatutos referido al capital del modo siguiente: Artículo Cuarto. Capital: El capital de la sociedad es la suma de noventa millones cuatrocientos noventa y nueve mil seiscientos setenta y tres pesos que los socios aportaron y enteraron en la forma que a continuación se expresa: a) Cesare Juan Coronata Zunino ha pagado veinticuatro millones ochocientos cuarenta y nueve mil quinientos setenta y cinco pesos en virtud de aportes anteriores; b) Sheila Jean Mackenzie Haynes ha pagado sesenta millones ochocientos ochenta y dos mil seiscientos veinticinco pesos en virtud de aportes anteriores; c) don Alessandro Nino Coronata Mackenzie ha pagado tres millones cuatrocientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cincuenta pesos en virtud de aportes anteriores; d) Giancarlo Coronata Mackenzie, ha pagado cuatrocientos cuarenta y un mil trescientos cuarenta y un pesos en virtud de aportes anteriores; e) doña Caterina Lia Coronata Mackenzie ha pagado cuatrocientos cuarenta y un mil trescientos cuarenta y un pesos en virtud de aportes anteriores; y, f) Inversiones Palatino Limitada ha pagado cuatrocientos cuarenta y un mil trescientos cuarenta y un pesos en virtud de aportes anteriores. Constitución y Estatutos de Rentas e Inversiones Nova Limitada. Los socios ya referidos vienen en constituir una sociedad civil de responsabilidad limitada regida por estos estatutos y en subsidio en conformidad a las prescripciones de la ley número tres mil novecientos dieciocho de marzo de mil novecientos treinta y dos y sus modificaciones, teniendo, además, presentes las disposiciones del Código Civil y demás normas supletorias que versan sobre la materia: La razón social será SOCIEDAD RENTAS E INVERSIONES NOVA LIMITADA. Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con el Estado, el Fisco y los bancos, con el nombre de “NOVA LTDA” o “NOVA LIMITADA”. SEGUNDO: Su domicilio será la ciudad de Antofagasta, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. TERCERO: El objeto de lo sociedad será: a) La compra, venta, arriendo y administración de todo tipo de bienes raíces; b) La inversión y venta de toda clase de valores mobiliarios; y, c) todos los demás negocios afines que los socios acuerden. CUARTO: Capital: El capital de la sociedad es la suma de tres millones ciento treinta y seis mil ochocientos veintitrés pesos que los socios aportan en la forma continuación se expresa: a) Cesare Juan Coronata Zunino aporta ochocientos sesenta y un mil trescientos quince pesos; b) Sheila Jean Mackenzie Haynes aporta dos millones ciento diez mil doscientos sesenta y dos pesos; c) don Alessandro Coronata Mackenzie aporta ciento diecinueve mil trescientos cincuenta y cuatro pesos; d) Giancarlo Coronata Mackenzie aporta quince mil doscientos noventa y siete pesos; e) doña Caterina Lia Coronata Mackenzie aporta quince mil doscientos noventa y siete pesos; y, f) Inversiones Palatino Limitada aporta quince mil doscientos noventa y siete pesos, todo ello en virtud de la división de Inmobiliaria Olba Limitada materia de esta escritura encontrándose todos los aportes de los socios íntegramente pagados en virtud de aportes efectuados a la sociedad indivisa. QUINTO: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. SEXTO: La sociedad practicará balance anual al treinta y uno de diciembre de cada año. Las utilidades y pérdidas de distribuirán entre los socios en las proporciones que acuerden fehacientemente y, en caso de no existir acuerdo, a prorrata de sus aportes respectivos. SEPTIMO: La administración y uso de la razón social corresponderá a don Cesare Juan Coronata Zunino y doña Sheila Jean Mackenzie Haynes quienes, actuando separada e indistintamente, a nombre y en representación de la sociedad y anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, habida cuenta de las limitaciones que se consignan al final de esta cláusula; en especial, y sin que la enumeración tenga el carácter de taxativa, sino meramente enunciativa, obrando en la forma señalada, podrán ejercer las facultades señaladas en la escritura. Limitaciones: Para otorgar garantías reales o personales, los administradores deberán obrar conjuntamente. OCTAVO: La duración de la sociedad será de cinco años contados de esta fecha y se entenderá prorrogada automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que deberá anotarse el margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo primitivo o de la prórroga en vigencia. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de enero de 2023.