MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES BLACK APPALOOSA LIMITADA

RUT 77374895-0 CVE 2274810
Fecha instrumento
12 de abril de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de abril de 2021
Repertorio
692-2023
Notario
R. Alfredo Martin Illanes
Oficio
Décimo Quinta Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. Alfredo Martin Illanes, Abogado, Notario Público Titular de la Décimo Quinta Notaría Santiago, Mardoqueo Fernández 201, oficinas 101 y 102, Providencia, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, Repertorio N°692-2023, ANÍBAL PATRICIO PINTO ULLOA, c.i. 10.269.054-0 y PATRICIO ANÍBAL PINTO FERRADA, c.i. 5.165.792-6, ambos domiciliados en Luis Thayer Ojeda N° 236, oficina 31, comuna de Providencia, Región Metropolitana, actuales y únicos socios de “Sociedad de inversiones Black Appaloosa Limitada”, la cual fue constituida por escritura pública de fecha 12 de abril de 2021 en la Notaría de Santiago de doña María Angélica Galán Bäuerle, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 35.481, N° 16.353 del año 2021 y que se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición de fecha 14 de mayo de 2021, modificaron dicha sociedad de responsabilidad limitada en los términos siguientes: 1) Modificando la duración de la sociedad, sustituyendo el texto del artículo décimo de los estatutos sociales por el siguiente: “DÉCIMO: La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha del presente instrumento público y tendrá una duración de 5 años, plazo que se renovará tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo voluntad en contrario por uno o más socios que representen más del 50% de los derechos sociales, manifestada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio competente, con anticipación de al menos 6 meses al vencimiento del plazo original o de cualquiera de las prórrogas.”. En todo lo no modificado, continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, a 9 de febrero 2023.