INVERSIONES BACO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 26044-2022
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $258.870.442 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
la realización de inversiones en bienes raíces y muebles, corporales e incorporales y, en general, en toda clase de bienes; la administración de tales inversiones, su conservación y la percepción de los frutos que de ellas provengan y, además, la ejecución de todas las operaciones o negocios que los socios acuerden
Administración
a) La representación y administración de la Sociedad y el uso de la razón social, en adelante la “administración” corresponderá personalmente a don Raúl Juan Chamy Esper. Si don Raúl Juan Chamy Esper se encontrare imposibilitado para administrar la Sociedad, la administración de la Sociedad corresponderá a doña Marisol del Carmen Pujadas Vega, actuando individualmente. c) Encontrándose imposibilitados tanto don Raúl Juan Chamy Esper como doña Marisol del Carmen Pujadas Vega, la administración de la Sociedad corresponderá a los señores Rodrigo Andrés Chamy Pujadas y Diego Andrés Chamy Pujadas, actuando en conjunto. Si en cualquier tiempo durante el período en que, de acuerdo con lo aquí establecido, corresponda la administración de la sociedad a los hermanos Chamy Pujadas, no hubiere dos de ellos hábiles para administrar la sociedad, la designación de la o las personas que tendrán la administración de la sociedad será efectuada, transcurridos más de sesenta días desde la fecha en la que la sociedad quede sin administrador, por el árbitro designado según el procedimiento establecido en el artículo vigésimo, a petición de cualquier socio hábil que restare, de oficio por el árbitro o a petición de cualquier tercero interesado. Otras normas de administración constan en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2022, Repertorio N° 26.044-2022, ante mí, don Raúl Juan Chamy Esper, doña Marisol Del Carmen Pujadas Vega, ambos domiciliados para estos efectos en calle Presidente Alfaro Nº 1.397, departamento 1.802, comuna de Providencia, Región Metropolitana; don Rodrigo Andrés Chamy Pujadas, domiciliado para estos efectos en Avenida Simón Bolívar Nº 2.543, departamento 52, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; y don Diego Andrés Chamy Pujadas, domiciliado para estos efectos en calle Orinoco Nº 65, departamento 1.206, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyo estatuto extracto: Razón social: INVERSIONES BACO LIMITADA; Domicilio: Santiago; Duración: indefinida; Administración: a) La representación y administración de la Sociedad y el uso de la razón social, en adelante la “administración” corresponderá personalmente a don Raúl Juan Chamy Esper. Si don Raúl Juan Chamy Esper se encontrare imposibilitado para administrar la Sociedad, la administración de la Sociedad corresponderá a doña Marisol del Carmen Pujadas Vega, actuando individualmente. c) Encontrándose imposibilitados tanto don Raúl Juan Chamy Esper como doña Marisol del Carmen Pujadas Vega, la administración de la Sociedad corresponderá a los señores Rodrigo Andrés Chamy Pujadas y Diego Andrés Chamy Pujadas, actuando en conjunto. Si en cualquier tiempo durante el período en que, de acuerdo con lo aquí establecido, corresponda la administración de la sociedad a los hermanos Chamy Pujadas, no hubiere dos de ellos hábiles para administrar la sociedad, la designación de la o las personas que tendrán la administración de la sociedad será efectuada, transcurridos más de sesenta días desde la fecha en la que la sociedad quede sin administrador, por el árbitro designado según el procedimiento establecido en el artículo vigésimo, a petición de cualquier socio hábil que restare, de oficio por el árbitro o a petición de cualquier tercero interesado. Otras normas de administración constan en la escritura extractada. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $258.870.442, que los socios suscribieron y pagaron en las siguientes proporciones: a) don Raúl Juan Chamy Esper, la suma de $89.547.290, equivalente al 34,59% de los derechos sociales; b) doña Marisol del Carmen Pujadas Vega, la suma de $68.908.662, equivalente al 26,62% de los derechos sociales; c) don Rodrigo Andrés Chamy Pujadas, la suma de $25.603.734, equivalente al 9,89% de los derechos sociales; y d) don Diego Andrés Chamy Pujadas la suma de $74.810.756, equivalente al 28,90% de los derechos sociales. Objeto: la realización de inversiones en bienes raíces y muebles, corporales e incorporales y, en general, en toda clase de bienes; la administración de tales inversiones, su conservación y la percepción de los frutos que de ellas provengan y, además, la ejecución de todas las operaciones o negocios que los socios acuerden. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 17 de febrero de 2022.