INMOBILIARIA VITORIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de febrero de 2023
- Repertorio
- 2249/2023
- Notario
- ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO
- Oficio
- 48ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Notario Público Interino de la 48ª Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo Nº 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura de fecha 10 de Febrero de 2023, repertorio 2.249/2023, ante mí: María Francisca Miranda Orellana, domiciliada La Gioconda 4355, depto.91, Las Condes, Santiago; Juan Pablo Miranda Orellana, domiciliado Avenida Lota 2850, depto. 505, Providencia, Santiago; y Anita Ismenia Orellana Oyarzun, domiciliada Chacra Los Notros, ruta Puyehue s, Osorno, por sí y en representación de Verónica Patricia Miranda Orellana, domiciliada Avda. Bicentenario 4035 depto. 3124, Vitacura, Santiago, exponen: Por escritura pública de 03-07-2000, otorgada ante don Félix Jara Cadot, Notario Público Cuadragésima Primera Notaría Santiago, domicilio calle Huérfanos 1160 local 12, comuna Santiago, se constituyó “INMOBILIARIA VITORIA LIMITADA”, inscrita a fs. 16.910 nro. 13.598 Registro Comercio Santiago año 2.000 Conservador Comercio Santiago.- Por presente instrumento Anita Ismenia Orellana Oyarzun vende, cede, y transfiere a cada una de señoras María Francisca Miranda Orellana y Verónica Patricia Miranda Orellana un 25% del capital social, precio 957,97802 UF cada venta que compradoras pagarán en 60 cuotas mensuales y sucesivas de 15,9663 UF por cuotas nro. 1 a 59, y por 15,96632 UF por cuota 60, de acuerdo valor unidad día pago efectivo, con vencimiento la primera 30 Diciembre presente año y restantes días 30 meses siguientes. Como consecuencia de ventas, quedan como socios, Anita Ismenia Orellana Oyarzun, y María Francisca, Verónica Patricia y Juan Pablo, Miranda Orellana, con un 25% de los derechos sociales cada uno, quienes acuerdan modificar pacto social siguiente sentido: A).- Sustituyen clausula Cuarta en sentido que la administración y uso razón social corresponderá a Anita Ismenia Orellana Oyarzun o Juan Pablo Miranda Orellana, indistinta o conjuntamente según facultades en ella contenidas. B).- Modifican cláusula Quinta en sentido de adecuarla a participación actual, quedando como sigue: “QUINTO: El capital social es la suma de $20.000.000, que los socios han enterado de la siguiente forma: a) Doña ANITA ISMENIA ORELLANA OYARZUN, ha enterado su parte o cuota ascendente a $5.000.000.- que corresponde a un 25% del capital social, íntegramente pagado en dinero. b) Don JUAN PABLO MIRANDA ORELLANA, ha enterado su parte o cuota ascendente a $5.000.000.- que corresponde a un 25% del capital social, íntegramente pagado en dinero. c) Doña MARIA FRANCISCA MIRANDA ORELLANA ha enterado su parte o cuota ascendente a $5.000.000.- que corresponde a un 25% del capital social, íntegramente pagado en dinero. d) Doña VERONICA PATRICIA MIRANDA ORELLANA, ha enterado su parte o cuota ascendente a $5.000.000.- que corresponde a un 25% del capital social, íntegramente pagado en dinero”. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó para inscribir. SANTIAGO, 17 de Febrero de 2023.