MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Botanic S.A.

RUT 77684887-5 CVE 2274053
Capital
$2.560.061.497 CLP
Fecha instrumento
23 de enero de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de enero de 2023
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.560.061.497 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada ante el suplente don Mauricio Humberto Reinoso Cifuentes, con fecha 23 de enero de 2023, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad BOTANIC S.A. inscrita a fojas 80.071 N°35.054 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2022, celebrada con la misma fecha, en la cual se acordó aumentar el capital social de la sociedad desde la cantidad de $2.560.061.497.- dividido en 336.661 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la cantidad de $7.560.061.497.-, dividido en 658.204 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, esto es, en la cantidad de $5.000.000.000.-, mediante la emisión de 321.543 nuevas acciones de pago, a razón de $15.550,0197485 por acción, íntegramente suscritas y pagadas en el mismo acto de la Junta. Como consecuencia de lo anterior, se acordó reemplazar el Artículo Quinto permanente de los estatutos sociales, relativo al capital social, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de siete mil quinientos sesenta millones sesenta y un mil cuatrocientos noventa y siete pesos, dividido en seiscientos cincuenta y ocho mil doscientos cuatro acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que se pagan y enteran en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos.”, y se sustituyó texto del Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, que no se extracta por no ser materia de éste. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de febrero de 2023.