CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías Los Peñascos Limitada

CVE 2274018
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de febrero de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de febrero de 2022
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
Diez años a contar de la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, según se establece en el artículo Cuarto de la citada escritura

Objeto social

El objeto de la Sociedad es: a) la prestación de servicios de asesoría profesional, a personas naturales o jurídicas, en toda clase de materias económicas, financieras, contables, y de inversiones y negocios en general, y en las demás áreas en que dichos servicios sean requeridos; y b) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36º Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica que por escritura pública otorgada con fecha 13 de febrero de 2022, repertorio número 6.120-2023, ante mí, doña Soledad Cruz Ugarte y don Raimundo José Vial Gueneau de Mussy, domiciliados para estos efectos en Los Peñascos 2198, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, fijándose los estatutos de los cuales extracto lo siguiente: Razón Social. “Asesorías Los Peñascos Limitada”. Objeto. El objeto de la Sociedad es: a) la prestación de servicios de asesoría profesional, a personas naturales o jurídicas, en toda clase de materias económicas, financieras, contables, y de inversiones y negocios en general, y en las demás áreas en que dichos servicios sean requeridos; y b) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. Capital. $1.000.000, que los socios enteran y pagan de la siguiente forma: i) doña Soledad Cruz Ugarte, aporta la suma de $250.000, equivalentes a un 25% de participación en el capital social; y ii) don Raimundo José Vial Gueneau de Mussy aporta la cantidad de $750.000, equivalentes a un 75% de participación en el capital social. Responsabilidad. La responsabilidad personal de cada socio queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración y uso razón social. Corresponderá a los socios doña Soledad Cruz Ugarte y don Raimundo José Vial Gueneau de Mussy, quienes ejercerán sus facultades en la forma señalada en el Artículo Séptimo de los estatutos sociales. Duración. Diez años a contar de la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, según se establece en el artículo Cuarto de la citada escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 14 de febrero de 2023.