XABIER DE ARETXABALA SERVICIOS PROFESIONALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2015
- Notario
- LUIS POZA MALDONADO
- Domicilio
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS POZA MALDONADO, Notario Público de Santiago, con Oficio en Avenida Vitacura 6.844, nivel menos uno, Vitacura, certifica: Por escritura de hoy ante mí, don XABIER ANDER DE ARETXABALA URQUIZA, doña BEGOÑA GENTZANE DE ARETXABALA DE LAIRE y don XABIER IÑAKI DE ARETXABALA DE LAIRE, todos domiciliados en calle Luis Carrera 1248, departamento 34, Vitacura; y exponen: Por escritura pública de fecha 30 de diciembre del 2014, ante el notario público suplente de Temuco, don Javier González Castro, suplente del titular don Héctor Efraín Basualto Bustamante, don XABIER ANDER DE ARETXABALA URQUIZA, doña BEGOÑA GENTZANE DE ARETXABALA DE LAIRE y don XABIER IÑAKI DE ARETXABALA DE LAIRE, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “XABIER DE ARETXABALA SERVICIOS PROFESIONALES LIMITADA”, Rol Único Tributario N°76.474.326-1, inscrita a fojas 289 vuelta, bajo el N°180, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente año 2015, y publicado en el Diario Oficial en su edición N°41.077, fecha 7 de febrero del año 2015.- Con un capital de $5.000.000.- SEGUNDO: Por este instrumento a don XABIER IÑAKI DE ARETXABALA DE LAIRE, vende, cede y transfiere a doña BEGOÑA GENTZANE DE ARETXABALA DE LAIRE, quien acepta para sí el 15,33% de sus derechos sociales, pasando a quedar la cesionaria con un 48,66% de los derechos sociales. El valor de la cesión es la suma de $200.000.-, que la cesionaria pagó con anterioridad a la cedente. En consecuencia, las partes se dan el más amplio y completo finiquito, señalando que nada se deben por concepto alguno. Por este mismo instrumento don XABIER IÑAKI DE ARETXABALA DE LAIRE vende, cede y transfiere a don XABIER ANDER DE ARETXABALA URQUIZA quien acepta para sí el 18% de sus derechos sociales, pasando a quedar el cesionario con un 51,34% de los derechos sociales. El valor de la cesión es la suma de $300.000.- , que la cesionaria pagó con anterioridad a la cedente. En consecuencia, las partes se dan el más amplio y completo finiquito, señalando que nada se deben por concepto alguno.- TERCERO: Como consecuencia de la cesión señalada precedentemente quedan como únicos socios de la sociedad “XABIER DE ARETXABALA SERVICIOS PROFESIONALES LIMITADA” don XABIER ANDER DE ARETXABALA URQUIZA, con un 51,34% y doña BEGOÑA GENTZANE DE ARETXABALA DE LAIRE con un 48,66% de los derechos sociales.- CUARTO: Por este acto, los socios vienen en modificar la sociedad “XABIER DE ARETXABALA SERVICIOS PROFESIONALES LIMITADA”, en el sentido que a continuación se indica: Modifican la cláusula SEXTO de la escritura de constitución de la sociedad ya indicada, en la forma que se indica a continuación: SEXTO: Las utilidades y eventuales perdidas se repartirán entre los socios de la siguiente manera: A) don XABIER ANDER DE ARETXABALA URQUIZA el 40%; y B) doña BEGOÑA GENTZANE DE ARETXABALA DE LAIRE el 60%.- SEPTIMO: En lo no modificado quedan vigentes todas las disposiciones del contrato social ya indicado.-. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 20 de enero del 2023.