MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

LEM SpA

RUT 77235382-0 CVE 2273334
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de febrero de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
10 de febrero de 2023
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
Vigésima Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
5 años, prorrogable automática y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare voluntad de ponerle término con una anticipación de, a lo menos, 6 meses a la fecha de vencimiento del período respectivo. El capital social es la cantidad de $1.000.000.-, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo, con anterioridad, y del modo siguiente: a) CAROLINA FERNANDA VERGARA RODRIGUEZ, la cantidad de $990.000.- pesos, equivalentes a un 99% del interés social, y b) don LUIS FELIPE NEBREDA SAN MARTIN, la cantidad de $10.000.-, equivalentes a un 1% del interés social.- De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado. Socios limitan responsabilidad monto respectivos

Objeto social

a) Servicios de cuidado corporal, por cualquier sistema; b) Atención de pacientes particulares, o en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales, o semifiscales; en clínicas, hospitales, consultas, propias o ajenas, en las especialidades broncopulmonar, cardiología, kinesiología, cirugías, dermatología, oftalmología, en general cualquier especialidad del área de la medicina. c) en general efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público, Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, certifico que con fecha, 31 de enero de 2023, ante mí se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de LEM SpA, celebrada con la misma fecha, a la que comparecen los únicos y actuales accionistas de la sociedad doña CAROLINA FERNANDA VERGARA RODRIGUEZ y don LUIS FELIPE NEBREDA SAN MARTIN, ambos domiciliados Las Aralias 18799, comuna de Maipú, Región Metropolitana, quienes acordaron transformar la sociedad por acciones "LEM SpA" en una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos a continuación se extractan. Razón Social: "LEM SERVICIOS LIMITADA", con la abreviación o nombre de fantasía "LEM", “LEM LIMITADA”, “LEM SERVICIOS”. Objeto: a) Servicios de cuidado corporal, por cualquier sistema; b) Atención de pacientes particulares, o en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales, o semifiscales; en clínicas, hospitales, consultas, propias o ajenas, en las especialidades broncopulmonar, cardiología, kinesiología, cirugías, dermatología, oftalmología, en general cualquier especialidad del área de la medicina. c) en general efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro con el objeto social. Administración y uso Razón Social: corresponderá a doña CAROLINA FERNANDA VERGARA RODRIGUEZ, quien podrá anteponer la razón social a su nombre y firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades. Duración: 5 años, prorrogable automática y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare voluntad de ponerle término con una anticipación de, a lo menos, 6 meses a la fecha de vencimiento del período respectivo. El capital social es la cantidad de $1.000.000.-, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo, con anterioridad, y del modo siguiente: a) CAROLINA FERNANDA VERGARA RODRIGUEZ, la cantidad de $990.000.- pesos, equivalentes a un 99% del interés social, y b) don LUIS FELIPE NEBREDA SAN MARTIN, la cantidad de $10.000.-, equivalentes a un 1% del interés social.- De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado. Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, a 10 de febrero 2023.-