MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Sociedad Comercial Medina y Orellana SpA

RUT 77542553-9 CVE 2271856
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
2 de febrero de 2023

Instrumento

Fecha
2 de febrero de 2023
Repertorio
333/2023
Notario
GASTÓN ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES
Domicilio
y Conservador de Minas Titular

Sociedad

Capital
$5.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GASTÓN ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas Titular, oficio Talcahuano, avenida Jorge Alessandri 3177, Local G-103, Boulevard Mall Plaza Trébol, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 02 de Febrero de 2023, Repertorio 333 / 2023, ante mí; FRANCISCO JAVIER MEDINA CARVAJAL, de nacionalidad chileno, empresario, soltero, cédula nacional de identidad N° 17.878.090-5, domiciliado en pasaje Arezzo N° 2616, comuna de Hualpén; NICOLAS GONZALO ORELLANA SÁEZ, chileno, soltero, técnico mecánico automotriz, cedula nacional de identidad N° 17.347.594-2, domiciliado en calle Las Manzanas N°3967, Villa San Martín, comuna de Talcahuano y LEONARDO ALEJANDRO JARA URRUTIA, chileno, soltero, técnico mecánico automotriz, cedula nacional de identidad N° 17.345.787-1, domiciliado en Avenida Costanera Andalien N°1104 Lomas de San Sebastian, comuna de Concepción, modificaron sociedad por acciones Razón social “SOCIEDAD COMERCIAL MEDINA Y ORELLANA SpA”, Rut: 77.542.553-9, en las siguientes clausulas. El accionista don Francisco Javier Medina Carvajal, ya individualizado, viene en este acto a ceder, transferir y/o vender la totalidad de sus acciones de la siguiente manera: 1) 100 acciones a Don Nicolás Gonzalo Orellana Sáez, ya individualizado, en la suma de $2.000.000.- 2) 400 acciones a Don Leonardo Alejandro Jara Urrutia, ya individualizado, en la suma de $15.000.000.- Modificación de estatutos sociales.- Los accionistas Francisco Javier Medina Carvajal y Nicolás Gonzalo Orellana Sáez, ya individualizados, a fin de reflejar las cesiones, transferencias y/o ventas de acciones establecidas en los numerales primero y segundo de la presente clausula tercera, vienen en modificar y reemplazar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio: “En conformidad al Artículo quinto de estos Estatutos, el capital de la Sociedad es la suma de $5.000.000 dividido en 1000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, de las cuales 1000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal fueron suscritas por la “Sociedad Comercial Medina y Orellana SpA”, por un valor total de $5.000.000, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; 600 acciones son de propiedad de Don Nicolás Gonzalo Orellana Sáez, ya individualizado, Y 400 acciones son de propiedad de Don Leonardo Alejandro Jara Urrutia, ya individualizado ”Se modifica el numeral vigésimo segundo del título quinto relativo al balance y distribución de utilidades, agregando el siguiente párrafo a continuación de lo establecido: “En todo caso, las utilidades se repartirán de forma igualitaria entre los accionistas.- ”Se modifica el numeral vigésimo cuarto del título séptimo de los estatutos sociales, relativo a la liquidación y disolución de la sociedad, agregando a continuación de lo establecido, el siguiente párrafo: “En caso de liquidación o disolución de la sociedad, todas las utilidades, ya sean acciones, bienes muebles o inmuebles y créditos, se repartirán en partes iguales entre los accionistas”.- En todo lo no modificado por la presente escritura, rigen íntegramente las estipulaciones del pacto social.- Se facultó para inscribir.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talcahuano, 13 de Febrero de 2023.