MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SANTIAGO METALS PROYECTO DOS LIMITADA

RUT 76296369-8 CVE 2272326
Fecha instrumento
29 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de julio de 2019
Repertorio
3143-2023
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
ley N°19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: que, con fecha 2 de febrero de 2023, SANTIAGO METALS LLC, representada por don Marco Antonio Zavala Inostroza, y CHILE PROJECT 2 LLC, representada por don Benjamín Pérez Arrieta, todos domiciliados para estos efectos en Av. Vitacura 2939, piso 12, Las Condes, Región Metropolitana, otorgaron, ante Notario Suplente don Juan Ignacio San Martín Schröder, en su calidad de únicos socios de SANTIAGO METALS PROYECTO DOS LIMITADA (“Sociedad”), escritura pública de saneamiento y rectificación de la Sociedad, repertorio N°3143-2023, de conformidad a la ley N°19.499 sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de las Sociedades, con el objeto de: A) rectificar escritura de fecha 29 de julio de 2019, otorgada en la Notaría de don Iván Torrealba Acevedo, repertorio N° 12.416-2019, así como el extracto de dicha escritura que fue inscrito a fojas 73.034, número 35.768 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2019 y publicado en el Diario Oficial con fecha 16 de septiembre de 2019, en el sentido que en esta escritura se indica que a) Chile Project 2 LLC, aportó 76.308.785,81 dólares de los Estados Unidos de América (“Dólares”), lo que equivale a 98,31% del capital social; b) Santiago Metals LLC, aportó 776.151 Dólares, lo que equivale al 1% del capital social; y c) Chile Project Three LLC, aportó 530.189 Dólares, lo que equivale a 0,69% del capital social; debiendo señalar correctamente que los aportes de capital y porcentajes de los socios efectivamente aportados son los siguientes: a) Chile Project 2 LLC, aportó 75.630.367,89 Dólares, lo que equivale a 97,44% del capital social; b) Santiago Metals LLC, aportó 776.151, 26 Dólares, lo que equivale al 1% del capital social; y c) Chile Project Three LLC, aportó 1.208.606,85 Dólares, lo que equivale a 1,56% del capital social; B) rectificar escritura pública de fecha 27 de febrero de 2020, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, repertorio N° 4.805-2020, así como el extracto de dicha escritura que fue inscrito a fojas 20.719, número 10.345 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020 y publicado en el Diario Oficial con fecha 7 de mayo de 2021, en el sentido que en esta escritura se señala que: a) Chile Project 2 LLC, aportó 82.639.837,14 Dólares, lo que equivale a 98,31% del capital social; b) Santiago Metals LLC, aportó 840.604,73 Dólares, lo que equivale al 1% del capital social; y c) Chile Project Three LLC, aportó 580.017,17 Dólares, lo que equivale a 0,69% del capital social; debiendo señalar correctamente que los aportes de capital y porcentajes de los socios efectivamente aportados son los siguientes: a) Chile Project 2 LLC, aportó 82.015.756,49 Dólares, lo que equivale a 97,57% del capital social; b) Santiago Metals LLC, aportó 836.095,56 Dólares, lo que equivale al 0,99% del capital social; y c) Chile Project Three LLC, aportó 1.208.606,85 Dólares, lo que equivale a 1,44% del capital social; y C) sanear el vicio consistente en haberse señalado erróneamente el capital y porcentaje que suscribe cada uno de los socios en escritura pública de modificación social de fecha 27 de agosto de 2021, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, repertorio N°16.266- 2021, así como el extracto de dicha escritura, que fue inscrito a fojas 78.153, número 36.152 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2021 y publicado en el Diario Oficial con fecha 8 de octubre de 2021, en los siguientes sentidos: (i) /a/ en la cláusula “PRIMERO: Antecedentes”, en el número “/Cuatro/” por un error involuntario se indicó de forma incorrecta el capital y porcentaje que suscribe cada uno de los socios, debiendo señalar que Chile Project 2 LLC, es dueña del 97,57% de los derechos sociales; /b/ Santiago Metals LLC, es dueña del 0,99% de los derechos sociales; y c) Chile Project Three LLC, es dueña del 1,44% de los derechos sociales; (ii) en la cláusula “TERCERO. Modificación de estatutos” por un error involuntario se indicaron de forma incorrecta el capital y porcentajes que suscribe cada uno de los socios, debiendo haberse sustituido correctamente el Artículo Sexto por el siguiente: “Artículo Sexto: El capital de la sociedad es la suma de ochenta y cuatro millones sesenta mil cuatrocientos cincuenta y ocho coma nueve dólares de los Estados Unidos de América, distribuido entre los socios de la siguiente manera: /a/ CHILE PROJECT 2 LLC, es dueño del noventa y siete coma cincuenta y siete por ciento de los derechos sociales, equivalentes a ochenta y dos millones quince mil setecientos cincuenta y seis coma cuarenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América, los cuales se encuentran pagados al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha. /b/ SANTIAGO METALS LLC, es dueño del dos coma cuarenta y tres por ciento de los derechos sociales, equivalentes a dos millones cuarenta y cuatro mil setecientos dos coma cuarenta y un dólares de los Estados Unidos de América, los cuales se encuentran pagados al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha.” En todo lo no rectificado y saneado se mantienen plenamente vigentes las escrituras públicas antes rectificadas y saneadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 9 de febrero de 2023.