INMOBILIARIA E INVERSIONES TERRA 12 SpA
Instrumento
- Fecha
- 1 de febrero de 2023
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N°979, oficina 501, Comuna y Ciudad de Santiago, Certifico: Que con fecha 6 de febrero del año 2023, ante mí, se redujo a escritura pública JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS INMOBILIARIA E INVERSIONES TERRA 12 SpA, de fecha 1 de febrero del año 2023, sociedad inscrita a fojas 19750 N°12292 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014, en que los accionistas en forma unánime acordaron modificar la sociedad, entre otra cosas, los ARTÍCULO DÉCIMO y ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO del estatuto social de la Sociedad, y en consecuencia reemplazar totalmente los referidos artículos, por los siguientes: “ARTÍCULO DÉCIMO: La sociedad será administrada por don Andrés Alejandro Fuentes Angarita, cédula de identidad número catorce millones seiscientos cuatro mil seiscientos noventa guion ocho y por doña Christine Sylvia Killinger Erdannsdorffer, cédula de identidad número ocho millones doscientos setenta y cuatro mil doscientos catorce guion K, quienes actuando uno cualquiera de ellos, indistintamente, de conformidad a las facultades que se indican en el Artículo Décimo Primero de este estatuto”. “ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: Conforme a lo indicado, la administración y representación de la sociedad le corresponderá a don Andrés Alejandro Fuentes Angarita, cédula de identidad número catorce millones seiscientos cuatro mil seiscientos noventa guion ocho, y a doña Christine Sylvia Killinger Erdannsdorffer, cédula de identidad número ocho millones doscientos setenta y cuatro mil doscientos catorce guion K quienes podrán actuar en forma separada e indistinta, uno cualquiera de ellos, y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, lo que no es necesario acreditar frente a terceros, estarán investidos de todas las facultades de administración, salvo que la ley o el estatuto las establezca como privativas de la Junta General de Accionistas. En especial, los representantes, actuando en la forma indicada, tendrán las facultades y atribuciones que se indican en escritura extractada.” En lo no modificado, continúan plenamente vigente las demás estipulaciones del estatuto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 09 de Febrero de 2023.