Teatro Play Limitada
Instrumento
- Fecha
- 20 de enero de 2023
- Repertorio
- 372-2023
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Objeto social
- El objeto exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios y asesorías profesionales en el área de producción, manejo, dirección, organización y representación de todo tipo de espectáculos sociales, teatrales y audiovisual; D.- modifican la cláusula CUARTA de los estatutos sociales referente a la administración en el siguiente sentido: CUARTO: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don RENATO ENRIQUE MUNSTER GRIPE y a doña VERONICA DEL ROSARIO GONZALEZ CASTILLO, quienes actuando en forma conjunta o separada indistintamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades y sin limitación alguna
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa número mil cuatrocientos cincuenta, Local Uno de la comuna de Lo Barnechea, de la ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 20 de enero del año 2023, repertorio 372-2023, otorgada ante el Notario suplente del Titular doña CATALINA DEL PINO CONSTANZO compareció: doña Verónica Del Rosario González Castillo, y don Renato Enrique Munster Gripe, ambos domiciliados en Badajoz número cien, oficina mil cuatrocientos veinticuatro, comuna de las Condes, Región Metropolitana, en calidad de únicos socios de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “TEATRO PLAY LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones setenta y cuatro mil treinta y cuatro guion nueve, un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y cuatro, número treinta y tres mil ciento cincuenta y uno, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil nueve y se publicó en el Diario Oficial el día trece de octubre del año dos mil nueve, acuerdan lo siguiente A.- Modifican la cláusula SEGUNDA de los estatutos sociales en el siguiente sentido: SEGUNDO: La razón social será “ASESORIAS PROFESIONALES MUNSTER Y GONZALEZ LIMITADA”, pudiendo actuar también para todos los efectos legales, bancarios y tributarios con el nombre de fantasía de “TEATRO PLAY LIMITADA”; B.- Modifican la CLAUSULA QUINTA de los estatutos sociales en el siguiente sentido: QUINTO: El capital social es la suma de un millón novecientos mil pesos cantidad que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) don RENATO ENRIQUE MUNSTER GRIPE aporta la suma de novecientos cincuenta mil pesos, en dinero efectivo y en este acto en la caja social; y b) doña VERONICA DEL ROSARIO GONZALEZ CASTILLO aporta la suma de novecientos cincuenta mil pesos, en dinero efectivo y en este acto en la caja social. Así mismo los comparecientes aportan en su calidad de profesionales expertos y con profesiones afines, aportan sus conocimientos y expertiz que se prestará directamente por intermedio de cada socio, asociados o con la colaboración de dependientes que ayuden a la prestación del servicio profesional; C.- Modifican la cláusula TERCERA del citado contrato social en el siguiente sentido: TERCERO: Objeto.- El objeto exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios y asesorías profesionales en el área de producción, manejo, dirección, organización y representación de todo tipo de espectáculos sociales, teatrales y audiovisual; D.- modifican la cláusula CUARTA de los estatutos sociales referente a la administración en el siguiente sentido: CUARTO: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don RENATO ENRIQUE MUNSTER GRIPE y a doña VERONICA DEL ROSARIO GONZALEZ CASTILLO, quienes actuando en forma conjunta o separada indistintamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades y sin limitación alguna.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 3 de febrero de 2023.