MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LOGÍSTICA SMART WAY LIMITADA

RUT 77346066-3 CVE 2270836
Capital
$8.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de enero de 2023

Instrumento

Fecha
4 de enero de 2023
Notario
GASTON A. ARANIS QUIROZ
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$8.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GASTON A. ARANIS QUIROZ, abogado, Notario Público de Concepción, O’Higgins Nº528, suplente del titular Juan Espinosa Bancalari, certifica: Por escritura pública de fecha 04 enero 2023, Rep. Nº 20, ante titular mencionado, don DANIEL DARIO MEZA RÍOS, empresario, domiciliado en Jaime Repullo N°1.625, Talcahuano; don JAIME ESTEBAN SILVA BENAVENTE, empresario, domiciliado en Avenida Central N°455, Vilumanque, Concepción; don MIGUEL ANGEL LA COLLA, Licenciado en Comercio Exterior, domiciliado en calle Veinticinco de Mayo N° 310, de la ciudad y departamento General Roca, provincia del Río Negro, Argentina, representado, por don ALFREDO RÓMULO SANHUEZA FLORES, Contador Auditor, domiciliado en calle San Martín N°533, oficina 805; y don IGNACIO DÍAZ WALKER, Ingeniero Comercial, domiciliado en Avenida Santa Fe 2.698, Dto siete, Capital Federal, Argentina, representado, por don HUGO PAULO PARRAGUEZ JARA, abogado, domiciliado en calle San Martín N°533, oficina 805, Concepción, acordaron modificar la sociedad “LOGÍSTICA SMART WAY LIMITADA”, inscrita a fojas 401, bajo el número 292 del Registro de Comercio de Concepción del año 2.021, en el siguiente sentido: a) socio Daniel Darío Mesa Ríos, vende, cede y transfiere su 25% de los derechos sociales de “Sociedad Logística Smart Way Limitada” a don Miguel Angel La Colla, en la suma única y total de $2.000.000; b) don Jaime Esteban Silva Benavente, vende, cede y transfiere su 25% de los derechos sociales de la “Sociedad Logística Smart Way Limitada” a don Ignacio Díaz Walker, en la suma única y total de $2.000.000. c) Como consecuencia de lo anterior, se sustituyó cláusula quinta de los estatutos sociales, por la siguiente: “QUINTO: El capital social asciende a la suma de $8.000.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don Miguel Angel La Colla ha aportado la suma de cuatro millones de pesos, esto es, un cincuenta por ciento de los derechos sociales; b) don Ignacio Díaz Walker, ha aportado la suma de cuatro millones de pesos, esto es, un cincuenta por ciento de los derechos sociales” d) Los socios acuerdan modificar los estatutos sociales en el sentido de sustituir la cláusula séptima, referente a la administración de la sociedad, en el sentido que el uso de la razón social y, por ende, la representación legal de la sociedad, corresponderá indistintamente a los socios don Miguel Angel La Colla y don Ignacio Díaz Walker, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, en ambos casos con amplias facultades, de acuerdo a lo señalado en la cláusula séptima señalada. e) Socios limitan responsabilidad hasta monto de respectivos aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 09 febrero 2023.