MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES E INMOBILIARIA COLORES LIMITADA

RUT 77976370-6 CVE 2270610
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ENRIQUE PIEDRABUENA FIGUEROA, Interino 12 Notaria de Santiago, Teatinos 331, certifico: Que por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2019, ante MARIA ANTONIETA MARCHESSE ROLLE, Suplente del Titular PATRICIO HERNAN CATHALIFAUD MOROSO, bajo Repertorio Número 5950-2019, comparecieron: don FADEL JORGE FERNÁNDEZ ABUD, por sí y en representación de doña MARÍA ISABEL HASBÚN ARAVENA, ambos con domicilio en Avenida Diez de Julio número 1.005, comuna de Santiago, Región Metropolitana; y, don PABLO LEONARDO VERA LILLO en representación de la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES CONCHALÍ LIMITADA, ambos con domicilio en calle La Concepción número 81, oficina 212, comuna de Providencia Región Metropolitana; y acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada INVERSIONES E INMOBILIARIA COLORES LIMITADA en el siguiente sentido: 1) La sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES CONCHALÍ LIMITADA, a través de su representante, y con el consentimiento de los demás socios, vendió, cedió y transfirió la totalidad de los derechos sociales que tenía en la Sociedad, equivalentes al 50 por ciento , a don FADEL JORGE FERNÁNDEZ ABUD. 2)El precio de la cesión es la suma total de $17.000.000.- 3) Producto de lo anterior, con el expreso consentimiento de los demás socios, se retiró de la Sociedad, ASESORÍAS E INVERSIONES CONCHALÍ LIMITADA e ingresó como socio don FADEL JORGE FERNÁNDEZ ABUD. De esta manera, los únicos y actuales socios de INVERSIONES E INMOBILIARIA COLORES LIMITADA, y sus respectivas participaciones en el capital, utilidades y pérdidas quedaron de la siguiente manera: a. Don FADEL JORGE FERNÁNDEZ ABUD, con un 50 por ciento de los derechos sociales; y, b. Doña MARÍA ISABEL HASBÚN ARAVENA, con un 50 por ciento de los derechos sociales. 4) Producto de la cesión de derechos los socios convienen reemplazar el artículo referente al capital social por el siguiente: “El capital de la sociedad es la suma única y total de $1.000.000.-, que los socios han aportado y pagado de la siguiente manera: uno) Doña MARÍA ISABEL HASBÚN ARAVENA la cantidad de $500.000.- correspondiente al 50 por ciento de los derechos sociales, suma que se encuentra íntegramente pagada e ingresada a la caja social, y, dos) Don FADEL JORGE FERNÁNDEZ ABUD, la cantidad de $500.000.- correspondiente al 50 por ciento de los derechos sociales, suma que se encuentra íntegramente pagada e ingresada a la caja social”. 5) Asimismo, los únicos y actuales socios de la Sociedad, acuerdan modificar, en su parte pertinente, el artículo décimo primero de los estatutos sociales, en el sentido de que la administración de la Sociedad corresponderá indistintamente y separadamente a don FADEL JORGE FERNÁNDEZ ABUD y/o a doña MARÍA ISABEL HASBÚN ARAVENA. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 07 de febrero de 2023.