COLECTIVO 360 SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de marzo de 2018
- Comuna
- Vitacura
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- El plazo de duración de la sociedad será de un año contado desde la fecha del presente instrumento, término que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos, salvo si alguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, todo con una anticipación mínima de tres meses al término del respectivo periodo anual
Objeto social
a) La prestación de servicios y asesorías en arquitectura, ingeniería y construcción, tales como el diseño, ejecución y elaboración de planos y proyectos habitacionales; el diseño y cálculo de estructuras y cualquier otro acto o negocio derivado de los anteriores que lo complementen o sean consecuencia de los mismos u otro que los socios acuerden
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don PABLO ENRIQUE VALENZUELA URIBE y a don MAXIMILIANO JOSÉ MÉNDEZ PÉREZ
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS POZA MALDONADO, Notario Titular de la Primera Notaría de Vitacura, con Oficio en Avda. Vitacura 6844 Vitacura, certifico: Por escritura de hoy, ante mí, don PABLO ENRIQUE VALENZUELA URIBE, con domicilio en Cristobal colon N° 7000, departamento B 61, de la comuna de las Condes, Región Metropolitana y don MAXIMILIANO JOSÉ MÉNDEZ PÉREZ, con domicilio en Juan de Almonacid número trescientos cuarenta y tres, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, transformaron la sociedad denominada “COLECTIVO 360 SpA”, RUT número 76.860.382-0, constituida con fecha 07 de marzo del año 2018, otorgada en la 36° Notaria de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, cuyo extracto fue inscrito a fojas 23.510 Número 12.510 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018 y y publicada en el Diario Oficial, edición N° 42.021 de fecha 02 de abril del año 2018 CVE 1375295.-, Capital: $1.000.000. Transformación consiste en lo siguiente: la unanimidad de los socios acuerda sustituir la naturaleza jurídica de la Sociedad, transformándola a partir de esta fecha en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que se regirá por el estatuto social, y por las disposiciones de la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones y demás leyes pertinentes. En consecuencia, los únicos y actuales socios de la sociedad declaran que el nombre de la Sociedad Será “COLECTIVO 360 Y COMPAÑÍA LIMITADA” y su nombre de fantasía será “COLECTIVO 360 Y CIA LTDA.” OBJETO SOCIAL: a) La prestación de servicios y asesorías en arquitectura, ingeniería y construcción, tales como el diseño, ejecución y elaboración de planos y proyectos habitacionales; el diseño y cálculo de estructuras y cualquier otro acto o negocio derivado de los anteriores que lo complementen o sean consecuencia de los mismos u otro que los socios acuerden. DOMICILIO SOCIAL: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda abrir en otros puntos del país o en el extranjero. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don PABLO ENRIQUE VALENZUELA URIBE y a don MAXIMILIANO JOSÉ MÉNDEZ PÉREZ. CAPITAL SOCIAL: El capital social será la suma de UN MILLONES de pesos en moneda nacional, ya enterados a la caja social y que se aportan de la siguiente forma: a) El socio don PABLO ENRIQUE VALENZUELA URIBE, aporta la suma de quinientos mil pesos pagados con anterioridad a este acto, de contado y en dinero efectivo; y don MAXIMILIANO JOSÉ MÉNDEZ PÉRE, aporta la suma de quinientos mil pesos pagados con anterioridad a este acto, de contado y en dinero efectivo. Del modo antes señalado la totalidad del capital se encuentra íntegramente pagado en dinero en efectivo y en caja social.- DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad será de un año contado desde la fecha del presente instrumento, término que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos, salvo si alguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, todo con una anticipación mínima de tres meses al término del respectivo periodo anual.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, febrero 08 de 2023.