Inmobiliaria e Inversiones Gabiria Limitada
Instrumento
- Fecha
- 26 de enero de 2023
- Repertorio
- 827
- Notario
- ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOL
- Oficio
- Notaría N°29 de Santiago en calle Mac-Iver número 225
Sociedad
- Capital
- $1.662.373.651 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOL, abogado y Notario Público Interino de la Notaría N°29 de Santiago en calle Mac-Iver número 225, oficina 602, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 26 de enero de 2023, bajo Repertorio Nº827 del año 2023, otorgada ante mí: INVERSIONES MAIZA SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°96.939.680-7; MARÍA JOSÉ ZABALETA MARCO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, chef, cédula de identidad N°16.658.350-0; COTOPAXI SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°77.498.539-5; PABLO ZABALETA MARCO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil industrial, cédula de identidad N°16.095.284-9; CARDINAL INVERSIONES SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°77.324.388-3; INVERSIONES EZAB LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°76.236.226-0; INVERSIONES PEMAEZ LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°76.889.910-K; XAVIER IGNACIO ZABALETA VARELA, chileno, soltero, cirujano dentista, cédula de identidad N°18.165.376-0; y SEBASTIÁN ESTEBAN ZABALETA VARELA, chileno, soltero, economista, cédula de identidad N°19.243.991-4; todos domiciliados para estos efectos en Av. El Golf 40, piso 20, comuna de Las Condes, Santiago, y de paso por esta comuna, en su calidad de socios y socios usufructuarios de INMOBILIARIA E INVERSIONES GABIRIA LIMITADA (en adelante, la “Sociedad”), sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°96.713.850-9, inscrita a fojas 53.451, número 38.266 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2006, declaran y acuerdan unánimemente: 1) Aceptar el retiro como socios usufructuarios de los señores Xavier Ignacio Zabaleta Varela, Sebastián Esteban Zabaleta Varela, Pablo Zabaleta Marco y María José Zabaleta Marco, recibiendo dichos derechos de usufructo las sociedades Cardinal Inversiones SpA; COTOPAXI SpA, e Inversiones EZAB Limitada. 2) Siendo las referidas sociedades socios actuales de la Sociedad y habiendo tenido previamente la nuda propiedad de los derechos sociales mencionados, se consolida su plena propiedad sobre los derechos sociales referidos, pasando a ser plenos propietarios de la siguiente forma: i) Cardinal Inversiones SpA mantiene la plena propiedad sobre el 10% de los derechos sociales de la Sociedad; ii) COTOPAXI SpA mantiene la plena propiedad sobre el 10% de los derechos sociales de la Sociedad, y iii) Inversiones EZAB Limitada mantiene la plena propiedad sobre el 20% de los derechos sociales de la Sociedad. Asimismo, Cardinal Inversiones SpA, COTOPAXI SpA e Inversiones EZAB Limitada, debidamente representados en la forma indicada en la comparecencia, aceptan la consolidación de su plena propiedad sobre los derechos sociales de la Sociedad en los porcentajes señalados. 3) En virtud de los aportes realizados y los cambios señalados, los actuales socios acuerdan modificar el Artículo Séptimo de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital de la Sociedad asciende a $1.662.373.651, siendo sus únicos socios los que se determinan a continuación: i) INVERSIONES MAIZA SpA aportó la cantidad de 332.474.731 pesos, correspondientes al 20% de los derechos sociales; ii) INVERSIONES PEMAEZ LIMITADA, aportó la cantidad de $664.949.460 pesos, correspondientes al 40% de los derechos sociales; iii) INVERSIONES EZAB LIMITADA, aportó la cantidad de 332.474.730 pesos, correspondientes al 20% de los derechos sociales; iv) COTOPAXI SpA, aportó la cantidad de $166.237.365 pesos, correspondientes al 10% de los derechos sociales; v) CARDINAL INVERSIONES SpA, aportó la cantidad de $166.237.365 pesos, correspondientes al 10% de los derechos sociales”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de enero de 2023.