Importadora Supplymed G.L.J. Limitada
Instrumento
- Fecha
- 20 de abril de 2021
- Notario
- suscrita ante JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER Notario Público Suplente de JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos Nº 835, piso 18, Santiago, RM. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí: doña GREICY NATALY SARMIENTO RAMIREZ y don LEONARDO ALFONSO BARBOZA CARABALLO, ambos con domicilio en Avenida Presidente Balmaceda Nº 2610, departamento 214, Santiago; doña LEIDY ANDREINA MENDEZ ROJAS y don JUAN CARLOS MONSALVE CHACON, ambos con domicilio en Gamero Nº 1399, departamento 1007, Independencia; don JEAN CARLOS PEREZ GUERRERO y doña JORLEY TIBISAY MEDEL GARCIA, ambos con domicilio en Dirigente Eleonora Roma Gambaro Nº 7137, Cerrillos: Ceden derechos y modifican Sociedad de Responsabilidad Limitada “IMPORTADORA SUPPLYMED G.L.J. LIMITADA” ANTECEDENTES: La sociedad “IMPORTADORA SUPPLYMED G.L.J. LIMITADA”, presenta los siguientes antecedentes sociales: a) Se constituyó por escritura pública de fecha 20 de abril de 2021, suscrita ante JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos número 835, piso 18, Santiago. Un extracto de la referida escritura fue inscrito en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 31.240.-, número 14.369.-, correspondiente al año 2021, y publicado en el Diario Oficial número 42.936.-, de fecha 22 de abril de 2021.- CAPITAL SOCIAL: $15.000.000.- CESIONES DE DERECHOS SOCIALES: CESIONES DE DERECHOS SOCIALES: a) doña GREICY NATALY SARMIENTO RAMIREZ, quien se retira de la Sociedad, vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales, equivalentes a 17% del total de los derechos sociales, a don JEAN CARLOS PEREZ GUERRERO. El precio de la cesión es la suma de $2.550.000.-, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción; b) doña LEIDY ANDREINA MENDEZ ROJAS, quien se retira de la Sociedad, vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales, equivalentes a 17% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a don JEAN CARLOS PEREZ GUERRERO, vende, cede y transfiere un 16% de sus derechos sociales. El precio de la cesión es la suma de $2.227.500.-, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción; y a JORLEY TIBISAY MEDEL GARCIA, vende, cede y transfiere un 1% de sus derechos sociales. El precio de la cesión es la suma de $22.500.-, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción; c) don JUAN CARLOS MONSALVE CHACON, quien se retira de la Sociedad, vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales, equivalentes a 17% del total de los derechos sociales, a doña JORLEY TIBISAY MEDEL GARCIA. El precio de la cesión es la suma de $2.550.000.-, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción; d) don LEONARDO ALFONSO BARBOZA CARABALLO, quien se retira de la Sociedad, vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales, equivalentes a 15% del total de los derechos sociales, a doña JORLEY TIBISAY MEDEL GARCIA. El precio de la cesión es la suma de $2.250.000.-, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción.- DE LOS SOCIOS: Con lo anterior, los únicos y actuales socios de la Sociedad serán don JEAN CARLOS PEREZ GUERRERO, con un 50% de los derechos sociales y doña JORLEY TIBISAY MEDEL GARCIA, con un 50% de los derechos sociales.- MODIFICACIÓN: Los actuales socios de común acuerdo modifican: a) artículo QUINTO de la escritura de constitución social, en el sentido de establecer que la administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don JEAN CARLOS PEREZ GUERRERO, con todas facultades que se enuncian en el mismo artículo del estatuto social.- Santiago 02, Febrero de 2023.