Administradora Colegios Pedro de Valdivia SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 40923
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $776.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada ante el titular, con fecha 16 de diciembre de 2022, repertorio N°40.923, comparece ISP Chile SpA, en su calidad de única y actual accionista de Administradora Colegios Pedro de Valdivia SpA, según registro de accionistas que he tenido a la vista, inscrita a fojas 81.825 número 49.900 del Registro de Comercio de Santiago del año 2014, en adelante la “Sociedad”, quien modificó la Sociedad, acordando: 1) Aumentar su capital desde de la cantidad de $776.000.223 dividido en 17.296 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, de una misma y única serie, a la cantidad de $52.659.928.986 dividido en 1.173.719 acciones de iguales características a las actuales, esto es, en la cantidad de $51.844.764.970, mediante la emisión de 1.156.423 nuevas acciones de pago, nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, de una misma y única serie, las que fueron íntegramente suscritas y pagadas por el accionista ISP Chile SpA, según consta en escritura extractada; 2) Como consecuencia de lo anterior, se acordó reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos de Administradora Colegios Pedro de Valdivia SpA, relativo al capital social, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad será la suma de cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta y nueve millones novecientos veintiocho mil novecientos ochenta y seis pesos, dividido en un millón ciento setenta y tres mil setecientos diecinueve acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, de una misma y única serie, las que se encuentran suscritas y pagadas en la forma que establece el Artículo Primero Transitorio de los presentes Estatutos. Las acciones de la Sociedad que sean suscritas y cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, gozarán de iguales derechos que las íntegramente pagadas, salvo en lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital, casos en lo que concurrirán en proporción a la parte íntegramente pagada.”; y se sustituyó el texto del Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, que no se extracta por no ser materia de este. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 7 de febrero de 2023.