CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD TERRA GLOBAL LIMITADA

CVE 2267327
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de enero de 2023
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
26 de enero de 2023
Notario
RODRIGO PATRICIO CÉSAR FERRER FIGUEROA
Domicilio
Vicuña Mackenna 243

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
será la ciudad de Río Negro
Duración
La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de inscripción de la presente escritura en el Registro pertinente, y tendrá una duración de diez años, renovándose tácita y sucesivamente por periodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, según forma indicada cláusula decimo pacto social

Objeto social

efectuar y realizar servicios de corretaje, asesorías y administración de propiedades, en particular: a) La explotación, compra, venta, arriendo, administración, desarrollo y, la intermediación por cuenta propia o ajena de bienes raíces; b) La comercialización, explotación y administración de bienes raíces, como asimismo de bienes o derechos relacionados con estos, y el desarrollo y comercialización de proyectos inmobiliarios como loteos, subdivisiones, conjuntos habitacionales y edificaciones en general; c) La realización de inversiones en bienes corporales o incorporales, raíces o muebles y su administración, explotación y comercialización en cualquiera de sus formas; d) Adquirir, enajenar, gravar, vender, hipotecar o constituir toda clase de garantías a favor o en contra de la sociedad, toda clase de bienes muebles e inmuebles; e) Establecer, construir y operar una oficina de propiedades con todas las instalaciones que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto; f) Prestar servicios y asesorar en actividades administrativas, contratar y subcontratar los servicios necesarios para el cumplimiento del objeto social y celebrar toda clase de actos y contratos con ese fin; y g) Ejecutar y desarrollar toda clase de actividades y contratos que sean necesarios para desarrollar a cabalidad el objeto de la sociedad y además de todo negocio relacionado directa o indirectamente con el objeto social principal, y otros análogos que los socios determinen de común acuerdo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO PATRICIO CÉSAR FERRER FIGUEROA, Notario Público, Vicuña Mackenna 243, Río Negro, certifico: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 26/01/2023, Rp.79-2023; SANDRA ALICIA CID BECERRA, chilena, técnico en administración de empresa, casada separada de bienes, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos catorce mil setecientos treinta y seis guion k, domiciliada en lote tres condominio doña Fernanda, de la comuna de Osorno; y doña MARCELA OLGA ELIETH SOLIS GUZMAN, chilena, corredora de propiedades, divorciada, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trecientos treinta y ocho mil seiscientos setenta y nueve guion ocho, domiciliada en calle Antumalal mil setecientos cuarenta y seis, condominio Praderas de Pilauco, de la comuna de Osorno, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: será “SOCIEDAD TERRA GLOBAL LIMITADA”, pudiendo actuar ante toda clase de personas naturales y/o jurídicas, e instituciones financieras con la denominación de “TERRA GLOBAL LTDA.” Objeto: efectuar y realizar servicios de corretaje, asesorías y administración de propiedades, en particular: a) La explotación, compra, venta, arriendo, administración, desarrollo y, la intermediación por cuenta propia o ajena de bienes raíces; b) La comercialización, explotación y administración de bienes raíces, como asimismo de bienes o derechos relacionados con estos, y el desarrollo y comercialización de proyectos inmobiliarios como loteos, subdivisiones, conjuntos habitacionales y edificaciones en general; c) La realización de inversiones en bienes corporales o incorporales, raíces o muebles y su administración, explotación y comercialización en cualquiera de sus formas; d) Adquirir, enajenar, gravar, vender, hipotecar o constituir toda clase de garantías a favor o en contra de la sociedad, toda clase de bienes muebles e inmuebles; e) Establecer, construir y operar una oficina de propiedades con todas las instalaciones que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto; f) Prestar servicios y asesorar en actividades administrativas, contratar y subcontratar los servicios necesarios para el cumplimiento del objeto social y celebrar toda clase de actos y contratos con ese fin; y g) Ejecutar y desarrollar toda clase de actividades y contratos que sean necesarios para desarrollar a cabalidad el objeto de la sociedad y además de todo negocio relacionado directa o indirectamente con el objeto social principal, y otros análogos que los socios determinen de común acuerdo.- Capital Social: $1.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma: Uno) Doña SANDRA ALICIA CID BECERRA, la cantidad de quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, ya ingresados a la caja social.- y Dos) Doña MARCELA OLGA ELIETH SOLIS GUZMAN, la cantidad de quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, ya ingresados a la caja social.- Representación, administración y uso de razón social: administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los socios doña SANDRA ALICIA CID BECERRA y a doña MARCELA OLGA ELIEYH SOLIS GUZMAN quienes actuando conjuntamente anteponiendo la razón social a su firma, podrán en su representación administrarla con las más amplias facultades, según forma indicada cláusula cuarta pacto social. Domicilio: será la ciudad de Río Negro, sin perjuicio de que se puedan establecer sucursales en el resto del país o del extranjero.- Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de inscripción de la presente escritura en el Registro pertinente, y tendrá una duración de diez años, renovándose tácita y sucesivamente por periodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, según forma indicada cláusula decimo pacto social.- Los socios limitan sus responsabilidades hasta el monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Río Negro, 31 de Enero de 2023.