MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LABORATORIO TÉCNICO DE LA CONSTRUCCIÓN LIMITADA

RUT 79911760-6 CVE 2267363
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de enero de 2023
Notaría
SERGIO RODRIGO SANHUEZA RÍOS

Instrumento

Fecha
11 de enero de 2023
Repertorio
123-2023
Notario
SERGIO RODRIGO SANHUEZA RIOS
Domicilio
Temuco
Comuna
SERGIO RODRIGO SANHUEZA RÍOS

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP

Objeto social

- TERCERO: Por medio de este acto, se subsana y)o se sanea por la compareciente las siguientes menciones de la clausula tercera de la modificación: Uno

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO RODRIGO SANHUEZA RIOS, Abogado, Notario Público Interino de Temuco, Antonio Varas Nº854, Certifico: Por escritura de hoy ante mí, doña PAOLA DE LA PAZ VELOSO NÚÑEZ, domicilio en calle Antonio Varas número 41, comuna de Temuco, según la representación que señala, acredita identidad con la cédula y expone: PRIMERO: Por escritura pública de fecha 11 de enero de 2023, repertorio número 123-2023; y extracto publicado el 16 de enero de 2023, suscrito en Notaría SERGIO RODRIGO SANHUEZA RÍOS, los socios ÍTALO CICARELLI SORIANO, cédula de identidad 2.987.879-K y don ENZO CICARELLI DÍAZ, cédula de identidad 9.293.919-7, ambos domiciliados en Avenida Balmaceda número 48, comuna de Temuco, modificaron en la cláusula tercera la sociedad “LABORATORIO TÉCNICO DE LA CONSTRUCCIÓN LIMITADA”, nombre de fantasía “LABOTEC LIMITADA”, capital $15.000.000, RUT 79.911.760-6, de la siguiente forma: I. La primera parte en la cláusula PRIMERO de la escritura de constitución de sociedad se modificó del siguiente modo: “PRIMERO. Por el presente instrumento, los comparecientes constituyen sociedad de profesionales en el régimen jurídico de responsabilidad limitada de responsabilidad limitada, (…)”; II. Se modificó la cláusula SEGUNDO que determina el objeto social en la constitución. III. La cláusula TERCERA se modifica: “TERCERO: La razón social será LABOTEC LIMITADA”.- SEGUNDO: Que, perfeccionada la escritura de modificación, su extracto y publicación, hubo errores en la cláusula TERCERO, al efectuar la modificación del objeto y razón social. En el primero, se omitió una frase y en el segundo no se señaló el nombre de uno o más socios, o una referencia al objeto social.- TERCERO: Por medio de este acto, se subsana y/o se sanea por la compareciente las siguientes menciones de la clausula tercera de la modificación: Uno. Objeto Social. Por este acto se subsana y/o se sanea la parte II de la cláusula “TERCERO. Modificación al estatuto social.” contenida en la escritura de modificación de sociedad ya identificada, intercalando entre las palabras ensayo y estudio la frase “de laboratorio” y cambiando la ‘y’ inmediatamente posterior por una coma. Por ello la modificación quedará, desde ahora, de la siguiente forma: “(…) SEGUNDO. El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales y actividades de consultoría de gestión, mediante: análisis, ensayos de laboratorio, estudios técnicos de todo tipo de materiales y elementos naturales o prefabricados o industrializados para la construcción. Consultorías, asesorías en la medición y control de calidad, servicios profesionales para y en la construcción de obras viales, en puentes, en edificaciones, en hidráulica, en instalaciones, en edificaciones industriales, en estudios técnicos, en peritajes, en cálculos, en diseños, en verificaciones de normas y exigencias técnicas de la construcción de obras. Y en general toda clase de servicios profesionales en consultoría y cálculos técnicos relacionados y especializados en materias de proyectos para la construcción. Como también ejecutar cualquier otra actividad análoga o complementaria necesaria para el cabal cumplimiento del objeto social.” Lo anterior también rige para el extracto y publicación en lo pertinente. Dos. Razón Social. En la parte III de la cláusula “TERCERO. Modificación al estatuto social.”, se elimina la modificación realizada, quedando de esa forma sin alteraciones la razón social original de la escritura de constitución de sociedad. Lo anterior también rige para el extracto y publicación en lo pertinente.- CUARTO: El patrocinio y poder de la compareciente para representar a los socios en la siguiente escritura que subsana o practica el saneamiento de la modificación de sociedad “LABORATORIO TÉCNICO DE LA CONSTRUCCIÓN LIMITADA”, consta de repertorio 123-2023, de la Notaría SERGIO RODRIGO SANHUEZA RÍOS, de 11 de enero de 2023; que se menciona en la cláusula QUINTO de la escritura citada.- QUINTO: En lo no subsanado o saneado, la escritura de modificación, el extracto y/o su publicación, permanecen inalterables, teniendo presente el saneamiento realizado.- SEXTO: Facultad al portador de copia autorizada.- Temuco, 27 de enero de 2023.