Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2023
- Comuna
- Pública de Santiago
Sociedad
- Capital
- $250.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de 5 años a contar de la fecha de constitución de la sociedad, plazo que se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, a menos que alguno de los accionistas manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, y se notificará judicialmente en forma personal o por avisos o en la forma especial del artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil, si procediera, al otro u otros accionistas, todo con una anticipación de a lo menos 3 meses antes del final del respectivo período
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La inversión, tanto en Chile como en el exterior, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles; su administración y la percepción de los frutos o rentas que ellos generen; b) La realización de todo tipo de inversiones, por cuenta propia, de terceros o en conjunto con ellos, tanto en el país como en el extranjero, en toda clase de negocios comerciales, industriales o simplemente de inversión, en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, formando o integrando sociedades, en efectos de comercio y valores mobiliarios, pudiendo actuar libremente en el mercado bursátil, de capitales o financiero; c) Constituir, formar, participar o adquirir participación en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en el país o fuera de éste; y d) En general, efectuar todo otro tipo de actividades afines, similares, complementarias o relacionadas con las anteriormente indicadas y la realización de los demás negocios que los accionistas de común acuerdo determinen
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Abogada, Notaria Titular de la 37ª Notaría Pública de Santiago, con oficio en Huérfanos N°1117, oficina 1014, comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 31 de enero del año 2023, Rep. N°368-2023, otorgada ante mí, don ROBERTO JOSE SCHIFFERLI ESPINOSA y don FERNANDO ISAAC MURILLO RAMOS constituyeron una sociedad por acciones, cuyo estatuto extractado es el siguiente: Razón Social: El nombre de la sociedad es “INVERSIONES RF SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La inversión, tanto en Chile como en el exterior, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles; su administración y la percepción de los frutos o rentas que ellos generen; b) La realización de todo tipo de inversiones, por cuenta propia, de terceros o en conjunto con ellos, tanto en el país como en el extranjero, en toda clase de negocios comerciales, industriales o simplemente de inversión, en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, formando o integrando sociedades, en efectos de comercio y valores mobiliarios, pudiendo actuar libremente en el mercado bursátil, de capitales o financiero; c) Constituir, formar, participar o adquirir participación en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en el país o fuera de éste; y d) En general, efectuar todo otro tipo de actividades afines, similares, complementarias o relacionadas con las anteriormente indicadas y la realización de los demás negocios que los accionistas de común acuerdo determinen. Domicilio: La ciudad de Santiago sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de 5 años a contar de la fecha de constitución de la sociedad, plazo que se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, a menos que alguno de los accionistas manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, y se notificará judicialmente en forma personal o por avisos o en la forma especial del artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil, si procediera, al otro u otros accionistas, todo con una anticipación de a lo menos 3 meses antes del final del respectivo período. Capital: $500.000 dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal y de igual valor, suscritas y pagadas por sus accionistas en partes iguales, es decir: a) don ROBERTO JOSE SCHIFFERLI ESPINOSA, suscribió 50 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal y de igual valor, por la suma de $250.000, suma que enteró en el acto de constitución, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados en arcas sociales; y b) don FERNANDO ISAAC MURILLO RAMOS, suscribió 50 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal y de igual valor, por la suma de $250.000, suma que enteró en el acto de constitución, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados en arcas sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 02 de febrero de 2023.