MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TRIBU CONSULTORES SpA

RUT 76454928-7 CVE 2266866
Fecha instrumento
31 de enero de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
31 de enero de 2023
Notario
notario suplente de don EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MANUEL RAMIREZ ESCOBAR, abogado, notario suplente de don EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaria de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359 comuna de Providencia, Santiago, certifico: que por escritura pública, de fecha 31 de enero de 2023, bajo el repertorio número 2007-2023, ante mí comparece: doña: EVELYN MUÑOZ GALAZ, con domicilio para estos efectos en calle Del Inca número cuatro mil cuatrocientos cuarenta y seis, oficina quinientos uno, comuna de Las Condes, y expone: Que debidamente facultada, viene en reducir a escritura pública la siguiente ACTA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. TRIBU CONSULTORES SpA. Celebrada ante la señora notario Isabel Peña Lazaeta, notario suplente del titular don Eduardo Diez Morello con fecha diecinueve de enero de dos mil veintitrés, en la que la unanimidad de los accionistas acordaron lo siguiente: A) Aprobar la transformación de la sociedad de TRIBU CONSULTORES SpA a una sociedad de Responsabilidad Limitada. B) la aprobación de los accionistas un nuevo texto refundido de los estatutos sociales. ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD TRIBU CONSULTORES LIMITADA. COMPARECEN: Por el presente documento, los únicos accionistas de la sociedad TRIBU CONSULTORES SPA a saber don GUILLERMO RODRIGO CONTRERAS GODOY, cédula de identidad número once millones seiscientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta y uno guion uno, con domicilio en Las Campiñas número sesenta y cinco, Colina.; don ALBERTO GUIDO LUIS LUNGENSTRASS, cédula de identidad Número siete millones quince mil ciento setenta y cuatro guion K, con domicilio en Camino Central número dos mil cuatrocientos Departamento B trece, Lo Barnechea; don FERNANDO SALVADOR CORREA MOLLER, cédula de identidad Número siete millones ciento setenta y cuatro mil quinientos cincuenta y dos guion K, con domicilio en Pintor Tomás Somerscales número siete mil ochocientos treinta y ocho, Las Condes; MARÍA CAROLINA BUENO BESA, cédula de identidad Número siete millones setecientos sesenta y siete mil ochocientos veintisiete guion K, Casada con Sociedad Conyugal, actuando en estos actos con su patrimonio reservado, según lo dispuesto en el artículo Número ciento cincuenta del Código Civil, con domicilio en Vaticano número tres mil setecientos setenta y ocho Departamento mil doscientos dos, Las Condes. Los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas citadas, exponen: Que vienen en transformar a la sociedad TRIBU CONSULTORES SpA, en una sociedad de responsabilidad limitada de acuerdo a lo señalado en los artículos noventa y seis y noventa y siete de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis, cuyo estatuto es el siguiente: El nombre o razón social de la sociedad será “TRIBU CONSULTORES LIMITADA” pudiendo usar en todos los bancos e instituciones financieras el nombre de fantasía “TRIBU CONSULTORES LTDA.” El objeto de la sociedad será: a) proveer personal calificado en cualquier área, seleccionar trabajadores para empresas, personas naturales y/o jurídicas, prestar servicios y asesorías en recursos humanos, de captación, selección, contratación y subcontratación de personal, outsourcing, relacionados a remuneraciones, impuestos créditos y organización en general, entre otros; b) prestación de todo tipo de asesoría, consultorías, capacitación a todo tipo de personas naturales y/o jurídicas; c) importación y exportación, comercialización, compra, venta y distribución de todo tipo de materiales, insumos, materias primas, maquinarias, equipos, accesorios o cualquier otro elemento que sea necesario o conveniente para el desarrollo de las actividades señaladas precedentemente; d) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores que los socios determinen; e) concurrir a la formación y/o participar de toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o del extranjero.- La vigencia de la sociedad será de carácter indefinido.- El capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos, que los socios han enterado y pagado de la siguiente manera: A) GUILLERMO RODRIGO CONTRERAS GODOY, ha aportado y pagado la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al veinticinco por ciento de participación en el capital social, con anterioridad a este acto, al contado y con dinero en efectivo e ingresado a la caja social. B) ALBERTO GUIDO LUIS LUNGENSTRASS, ha aportado y pagado la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al veinticinco por ciento de participación en el capital social, con anterioridad a este acto, al contado y con dinero en efectivo e ingresado a la caja social. C) FERNANDO SALVADOR CORREA MOLLER, ha aportado y pagado la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al veinticinco por ciento de participación en el capital social, con anterioridad a este acto, al contado y con dinero en efectivo e ingresado a la caja social. D) MARÍA CAROLINA BUENO BESA, ha aportado y pagado la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al veinticinco por ciento de participación en el capital social, con anterioridad a este acto, al contado y con dinero en efectivo e ingresado a la caja social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de su respectivo aporte. La administración de la sociedad, el uso de la razón social, del nombre de fantasía y la representación judicial y extrajudicial de la misma será ejercida por cualquiera de los siguientes socios, indistintamente: GUILLERMO RODRIGO CONTRERAS GODOY, ALBERTO GUIDO LUIS LUNGENSTRASS, FERNANDO SALVADOR CORREA MOLLER, MARÍA CAROLINA BUENO BESA, para que la representen con las facultades indicadas en la escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de febrero de 2023.-