SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASESORÍAS DREYSE Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2022
- Notario
- MARCELA MEDINA RICCI
- Oficio
- Notaria de San Miguel
- Comuna
- San
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA MEDINA RICCI, abogado, Notario Público Titular de la Notaria de San Miguel, con asiento en San Ramón, con oficio en calle Santa Rosa 7.955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 30 de diciembre del año 2022, ante mí, SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASESORÍAS DREYSE Y OGUETA LIMITADA, RAMÓN ALEJANDRO DREYSE DAÑOBEITÍA, y SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASESORÍAS SIERRA NEVADA LIMITADA, todos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy N°9070, oficina 1501, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, celebraron el “Aumento de Capital y Modificación de Estatutos SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASESORÍAS DREYSE Y COMPAÑÍA LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 107.478 número 47.692, CBR Reg. Com. Stgo., año 2022, y acordaron: I.- AUMENTO DE CAPITAL. Se aumenta el capital social, de $950.000 a $1.000.000, que se materializa mediante el aporte en que se especifica en la escritura extractada. II.- INGRESO DE SOCIO. Con motivo del aumento de capital, ingresa como socio, SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASESORÍAS SIERRA NEVADA LIMITADA, ingreso que es aceptado por los restantes socios. III.- MODIFICACIONES SOCIALES. Como consecuencia del aumento de capital, los socios acordaron modificar los estatutos sociales, reemplazando el Artículo Quinto por el del siguiente tenor extractado: “QUINTO: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, que se distribuye entre los socios en las siguientes proporciones: a) SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASESORÍAS DREYSE Y OGUETA LIMITADA, con $949.050, equivalentes al 94,905% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada; b) don RAMÓN ALEJANDRO DREYSE DAÑOBEITÍA, con $950, equivalentes al 0,095% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada; y, c) SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASESORÍAS SIERRA NEVADA LIMITADA, con $50.000, equivalentes al 5% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractad.” Demás cláusulas constan escritura extractada. Santiago, 30 de enero de 2023. M. Medina R. Notario Público.