DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PROPIEDADES Y GESTIONES INMOBILIARIAS LIMITADA

RUT 76532273-1 CVE 2266568
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de diciembre de 2022

Instrumento

Fecha
14 de diciembre de 2022
Repertorio
2059-2015
Notario
JENARO MURILLO SANCHEZ
Domicilio
titular de Concepción

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JENARO MURILLO SANCHEZ, Notario Público suplente del titular de Concepción, don RAMÓN GARCÍA CARRASCO, con domicilio en calle Rengo 444, Concepción, Certifico: Por escritura pública de fecha 14 de Diciembre de 2022, repertorio numero 12.847-2022, ante don OLAYA FERRADA GARRIDO, Notario Público suplente de ésta, don EDUARDO LEOPOLDO SANHUEZA BECERRA, chileno, casado, vendedor, C.I 7.736.029-8, domiciliado en Parque Residencial Bio Bio, Pasaje Uno N° 9278, comuna de Hualpén, y don MARCELO ANTONIO SANHUEZA ASCENCIO, chileno, casado, contador auditor, C.I 6.688.590-9, con domicilio en Calle Colo Colo N° 660, departamento 206, comuna de Concepción; disolvieron y liquidaron sociedad de responsabilidad limitada bajo razón social "PROPIEDADES Y GESTIONES INMOBILIARIAS LIMITADA”, RUT N°76.532.273-1, inscrita con repertorio N°2059-2015 de la Notaría de don Juan Roberto Arias Garrido, Notario Titular de la comuna de Talcahuano, publicada en el Diario Oficial con fecha 02 de enero de 2016 e inscrita a Fs.44, N°42-2016 del Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces de Concepción. Los comparecientes dejan constancia que el capital original de la sociedad que se disuelve ascendió a $2.000.000.-, y que fue aportado en proporción de un 50% por cada socio; y que la sociedad cesó en sus operaciones desde el mes de diciembre de 2020, encontrándose sin movimiento desde el mes de enero de 2021. Asimismo, los comparecientes declaran que en la actualidad la antedicha sociedad carece de activos y pasivos, toda vez que el capital fue utilizado en las operaciones propias de su giro, y en el pago de las deudas sociales, y el remanente ya retirado por los socios con anterioridad, a prorrata, entendiéndose de esta forma ya liquidada. Otras estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 01 Febrero 2023.