MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ProAlianz SpA

RUT 77066836-0 CVE 2267037
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de enero de 2023
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de enero de 2023
Repertorio
1291-2023
Notario
Juan Cristian Berrios Castro
Oficio
Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
tendrá por domicilio la ciudad de Santiago sin prejuicio de las filiales o agencias que se establezcan en otros puntos del país
Duración
La sociedad durará cinco años, contados desde esta fecha, y se entenderá prorrogada automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años, si ninguno de los socios manifestase su voluntad de ponerle término mediantes escritura pública, la que se deberá anotar en el Registro de Comercio al margen de la inscripción del extracto de pacto social, con tres meses de anticipación a lo menos, al vencimiento de la sociedad
Ley aplicable
ley 20.393

Objeto social

prestación de servicios profesionales de: a) certificación de modelos de prevención de delitos en conformidad con los requisitos de la ley 20.393; b) diseño e implementación de modelos de prevención de delitos, modelos de prevención de infracciones, modelos de prevención de daños y de modelos de prevención regulatorios; c) auditoría interna y evaluación de control interno; d) investigación y auditoria forense; e) asesorías, consultorías, charlas universitarias, cursos, talleres, relatorías y seminarios en todas las materias relacionadas con auditoría, compliance, buen comportamiento corporativo, gestión corporativa, normas medioambientales para empresas, responsabilidad penal de las personas jurídicas, normas laborales, entre otros, así como otras asesorías profesionales que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social antes descrito; f) certificación en modelos de prevención de faltas y)o delitos y modelos de prevención regulatorios actuales o futuros, según lo determinen las autoridades correspondientes

Administración

La administración, la representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía, será ejercida por don CLAUDIO MARCELO UGARTE SOTO y don CLAUDIO ARTURO MUNDACA ALVAREZ, quienes indistinta y separadamente y con las más amplias facultades de administración y disposición, anteponiendo a su firma la razón social, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. Los administradores indistinta y separadamente tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna en el orden judicial y extrajudicial, pudiendo obligarla en toda clase de actos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 24 de enero de 2023, ante LUIS MANQUEHUAL MERY, Notario de esta Notaria, la compareciente doña CONSTANZA ALVAREZ LIRA, domiciliada en Mateo de Toro y Zambrano 1395, depto. C12, comuna de La Reina, debidamente facultada redujo a escritura pública la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “ProAlianz SpA” Rol Único Tributario N° 77.066.836-0, celebrada con fecha 24 de enero de 2023, bajo el Repertorio 1291-2023, constitución inscrita a fojas 70017, número 34360 del Registro de Comercio de Santiago del año 2019 y modificación inscrita a fojas 11813 número 6189 del año 2020 con el propósito conocer y aprobar las materias que son propias de su competencia, esto es: Aprobar la transformación de la sociedad; y Aprobar los nuevos estatutos sociales; Se acuerda transformar en una sociedad de responsabilidad limitada. Para estos efectos declaran que los estatutos de la sociedad transformada contendrán, entre otras, las siguientes estipulaciones: (i) Se mantiene el capital de dos millones de pesos y las participaciones sociales; (ii) Se modificará la razón social a ProAlianz Servicios Profesionales Limitada, pudiendo en todo caso utilizar como nombre de fantasía, frente a todo tipo de personas naturales y jurídicas, inclusive ante bancos e instituciones financieras, algunas de la siguientes denominaciones “ProAlianz Ltda”; Se modifica el objeto social a: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de: a) certificación de modelos de prevención de delitos en conformidad con los requisitos de la ley 20.393; b) diseño e implementación de modelos de prevención de delitos, modelos de prevención de infracciones, modelos de prevención de daños y de modelos de prevención regulatorios; c) auditoría interna y evaluación de control interno; d) investigación y auditoria forense; e) asesorías, consultorías, charlas universitarias, cursos, talleres, relatorías y seminarios en todas las materias relacionadas con auditoría, compliance, buen comportamiento corporativo, gestión corporativa, normas medioambientales para empresas, responsabilidad penal de las personas jurídicas, normas laborales, entre otros, así como otras asesorías profesionales que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social antes descrito; f) certificación en modelos de prevención de faltas y/o delitos y modelos de prevención regulatorios actuales o futuros, según lo determinen las autoridades correspondientes. Los socios acuerdan texto de nuevos estatutos en los siguientes términos: “ESTATUTOS SOCIALES DE PROALIANZ SERVICIOS PROFESIONALES LIMITADA: Don CLAUDIO MARCELO UGARTE SOTO, chileno, divorciado, Ingeniero Comercial , cédula de Identidad número 7.037.691-1, domiciliado en calle Escandinavia 177 departamento 307, comuna de Las Condes, y don CLAUDIO ARTURO MUNDACA ALVAREZ, chileno, divorciado, ingeniero comercial, cédula de Identidad número 10.615.821-5, domiciliado en Los Fresnos 1350 casa 23, comuna de Huechuraba, los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas citadas y exponen: La sociedad girará bajo la razón social, ProAlianz Servicios Profesionales LIMITADA pudiendo actuar la citada sociedad ante toda la clase de personas incluso ante bancos e instituciones financieras, con el nombre de fantasía de ProAlianz Ltda.-; Objeto: prestación de servicios profesionales de: a) certificación de modelos de prevención de delitos en conformidad con los requisitos de la ley 20.393; b) diseño e implementación de modelos de prevención de delitos, modelos de prevención de infracciones, modelos de prevención de daños y de modelos de prevención regulatorios; c) auditoría interna y evaluación de control interno; d) investigación y auditoria forense; e) asesorías, consultorías, charlas universitarias, cursos, talleres, relatorías y seminarios en todas las materias relacionadas con auditoría, compliance, buen comportamiento corporativo, gestión corporativa, normas medioambientales para empresas, responsabilidad penal de las personas jurídicas, normas laborales, entre otros, así como otras asesorías profesionales que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social antes descrito; f) certificación en modelos de prevención de faltas y/o delitos y modelos de prevención regulatorios actuales o futuros, según lo determinen las autoridades correspondientes. Domicilio: tendrá por domicilio la ciudad de Santiago sin prejuicio de las filiales o agencias que se establezcan en otros puntos del país.-Capital: $2.000.000.- aportado por los socios de la siguiente manera: don CLAUDIO MARCELO UGARTE SOTO aporta con la suma de $1.000.000, que son enterados en este acto y don CLAUDIO ARTURO MUNDACA ALVAREZ aporta con la suma de $1.000.000, cantidad que es enterada en este acto. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.-. Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía, será ejercida por don CLAUDIO MARCELO UGARTE SOTO y don CLAUDIO ARTURO MUNDACA ALVAREZ, quienes indistinta y separadamente y con las más amplias facultades de administración y disposición, anteponiendo a su firma la razón social, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. Los administradores indistinta y separadamente tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna en el orden judicial y extrajudicial, pudiendo obligarla en toda clase de actos. Duración: La sociedad durará cinco años, contados desde esta fecha, y se entenderá prorrogada automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años, si ninguno de los socios manifestase su voluntad de ponerle término mediantes escritura pública, la que se deberá anotar en el Registro de Comercio al margen de la inscripción del extracto de pacto social, con tres meses de anticipación a lo menos, al vencimiento de la sociedad.-Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 02 de febrero de 2023.-